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Argentina consiguió que la Corte neoyorkina le haga lugar a su reclamo

La Corte de Apelaciones del Segundo Circuito de Nueva York hizo lugar a presentaciones realizadas por Argentina y por el Citibank en contra de la decisión del juez Thomas Griesa de bloquear el pago a tenedores de bonos.

POR REDACCIÓN

15 de agosto de 2014

La Corte de Apelaciones aceptó así el pedido del gobierno nacional y del Citibank Argentina, de “agilizar” las apelaciones presentadas en referencia a la orden emitida el 28 de julio por el juez de Nueva York, en la que autorizó a la entidad bancaria a efectuar el pago a tenedores reestructurados con títulos bajo ley argentina “por única vez”.

El objetivo de las presentaciones es que el tribunal de apelaciones trate la decisión del juez Griesa “antes de que interfiera con la transferencia de los pagos de intereses programados con vencimiento del 30 de septiembre”, explicó en su presentación el abogado representante de Argentina, Carmine Boccuzzi, en la presentación realizada ante la Corte el 6 de agosto pasado.

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La Corte del Segundo Circuito aceptó así a la solicitud de “consolidar” las presentaciones formuladas de manera separada por Argentina y el Citibank, como las fechas de presentaciones planteadas, y convocó a las partes a una presentación de argumentos orales para el 18 de septiembre en horario aún a confirmar.

En materia judicial el tema fondos buitre también tuvo otra presentación en Nueva York.

En este caso fueron los bonistas europeos presentaron una apelación en contra de la orden del juez  Griesa de bloquear la plata depositada por Argentina en las cuentas del Bank of New York Mellon (BoNY), para pagar a los tenedores de bonos reestructurados.

Esta apelación de los bonistas europeos, que se acogieron a los canjes de 2005 y 2010, se concretó luego de que el magistrado hiciera caso omiso de la carta que le escribieron el 5 de agosto, en la que le transmitieron que él carece de “total autoridad para fallar sobre demandas no especificadas, que todavía no han sido traídas a ningún tribunal y que están regidas por ley extranjera”.

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