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Novedades bancarias

Para cobrar préstamos, ahora los bancos podrán embargar las cuentas

Este anunció lo realizo el Boletín oficial. Cuando haya deuda crediticia, las entidades podrán embargar la cuenta, pero solo por el excedente de dinero por encima de tres veces el salario promedio de su titular.

POR REDACCIÓN

12 de enero de 2018

A partir de un decreto publicado el jueves en el Boletín Oficial, se estableció que los bancos podrán embargar las cuentas sueldo para cobrar los préstamos.

Esto sólo será posible cuando el excedente de dinero sea tres veces mayor del salario promedio.

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Para llegar a esta nueva medida, se modificó un párrafo que impedía a las entidades financieras disponer de los depósitos de los clientes.

“Se define la inembargabilidad del sueldo, estableciendo que no podrán embargarse de las cuentas sueldo el equivalente a tres veces el salario promedio recibido por el trabajador en los últimos seis meses. Así, se aumenta la calidad crediticia de alrededor de nueve millones de titulares de cuentas sueldo y, por lo tanto, se mejoran sus condiciones de acceso al crédito”, explicó el Banco Central (BCRA) en un comunicado.

FUENTE: INFOBAE
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