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Buscan el consenso

Éstos son los cambios que le harían al proyecto de despenalización del aborto

El borrador del proyecto se oficializará este jueves y con él se busca tener mayoría en la Cámara Baja el próximo 13 de junio.

POR REDACCIÓN

07 de junio de 2018

Luego de audiencias públicas en las que expusieron unos 700 oradores, el plenario de las comisiones de Legislación General, Salud, Legislación Penal y Familia que debaten la legalización del aborto, se reunirá este martes con el fin de lograr el mayor consenso posible para obtener un dictamen de mayoría y votar su media sanción el 13 de junio.

Se trata de un nuevo texto redactado basado en el proyecto presentado por la Campaña Nacional por el Derecho al Aborto Legal, Seguro y Gratuito, pero que según medios nacionales tiene algunas modificaciones.

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Entre los principales cambios está presenta la introducción de la objeción de conciencia, la de una asesoría profesional, y una modificación respecto de cómo funcionaría la ley en casos de menores de 16 años.

Según el borrador, “si se tratara de una niña, adolescente o persona gestante menor de dieciséis años, la interrupción voluntaria del embarazo se debe realizar con su consentimiento (y el de los padres) conforme lo dispuesto en el artículo 26 del Código Civil y Comercial (que lo pide para prácticas médicas invasivas), en concordancia con la Convención sobre los Derechos del Niño y con la Ley Nº 26.061”.

Además, según el artículo 8°, habrá consejerías en los centros de salud con la obligación de dar información, atención previa y posterior médica, social y psicológica, y acompañamiento a quienes requieran la práctica. Los establecimientos no podrán pedir autorización judicial ni requisitos extra para abortos hasta la semana 14. Los profesionales no podrán ser penados por cumplir la ley.

Respecto a la “objeción de conciencia” , la norma señala que el o la profesional de la salud que deba intervenir en el aborto “tiene la obligación de garantizar el acceso a la práctica y no puede negarse a su realización”. Solo podrá eximirse de esta obligación cuando haya manifestado su objeción previamente, habiéndola comunicado a la máxima autoridad del establecimiento de salud al que pertenece.

Habrá penas de prisión para los profesionales de la salud que practiquen abortos sin consentimiento de la mujer o más allá de la semana 14. También para los médicos que se nieguen a cumplir la ley y para las mujeres que aborten a partir de la semana 15.

El proyecto contempla modificaciones al artículo 85 del Código Penal, sobre las penas para quien causare un aborto sin consentimiento de la mujer. Además, se incorpora el artículo 85 bis, donde se establecen penas de “6 meses a 2 años e inhabilitación especial por el doble del tiempo de la condena a la autoridad de un establecimiento de salud o profesional de la salud que dilatare, obstaculizare o se negare a practicar un aborto”; aumentando las penas a 5 años en caso de que la mujer finalmente no haya podido acceder a la interrupción del embarazo.

“No es delito el aborto realizado con consentimiento de la mujer o persona gestante hasta la semana 14, inclusive, del proceso gestacional”, cita la modificación del artículo 86, mientras que el cambio al artículo 88 penaliza a la mujer o persona gestante que “causare su propio aborto o consintiere en que otro se lo causare cuando el mismo fuera realizado a partir de la semana 15” y no mediaren los supuestos de violación, riesgo de vida o inviabilidad de vida extrauterina del feto.

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Según los últimos sondeos, 114 diputados están a favor y 108 en contra, mientras que una treintena no manifestaron su posición. En ellos se definirá el futuro de la legislación.




FUENTE: INFOBAE
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