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Delitos de la dictadura

Jorge Magnacco, partero de la ESMA, pidió quedar libre por el 2×1

El obstetra pidió la libertad condicional. En tanto, una fiscal rechazó este beneficio para otro represor y pidió su inconstitucionalidad.

POR REDACCIÓN

05 de mayo de 2017

El condenado obstetra de la maternidad clandestina que funcionó en la ESMA Jorge Magnacco pidió hoy la libertad condicional por el dos por uno a raíz del fallo de la Corte Suprema de Justicia, mientras una fiscal reclamó la inconstitucionalidad de este beneficio al rechazar excarcelar a otro represor de la última dictadura, Victor Gallo.

Magnacco hizo el planteo a través de su defensa oficial ante el Tribunal Oral Federal 5 que lo condenó a 15 años de prisión en un megajuicio por robo de bebés en la última dictadura cívico militar y ahora lo juzga en otro tramo de esa causa, explicaron fuentes judiciales.

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El mismo tribunal tiene que resolver además otro planteo de excarcelación presentado por un condenado a ocho años de prisión, el ex militar Héctor Giribone, ex jefe del área de Inteligencia de la Escuela de Caballería de Campo de Mayo preso como entregador del nieto recuperado 106, Pablo Gaona Miranda.

En ambos casos debe dictaminar la fiscalía mientras que en el planteo de excarcelación hecho por la defensa de Victor Gallo, la fiscal María Ángeles Ramos ya se pronunció por rechazar el pedido y además pidió declarar inconstitucional la aplicación del beneficio del dos por uno.

El Tribunal Oral Federal 6 pidió opinión al respecto a la defensa de Gallo y tiene cinco días para resolver los planteos.
“Voy a postular la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del art. 7 de la ley 24.390, en su modalidad ultraactiva, por afectación al principio de proporcionalidad de las penas”, sostuvo Ramos en el dictamen entregado al Tribunal y al que accedió Télam.

La fiscal entendió que el caso de Gallo, condenado por la apropiacion del nieto recuperado Francisco Madariaga y por otros delitos de lesa humanidad a una pena única de 25 años de prisión, es diferente al precente “Bignone Muiña” firmado por la Corte Suprema.

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“La aplicación del precedente no resulta válido, puedo decir como primera cuestión que aunque en ambos casos se trataron de delitos de lesa humanidad, los hechos imputados en el fallo tienen distinta naturaleza y alcance que aquellos por los cuales fue condenado Gallo”, advirtió.

En este sentido, consideró que “el problema de fondo se circunscribe que el supuesto de cómputo excepcional de la prisión preventiva conocido como 2×1 operó como una ley temporal”.

“Ello, aplicado al caso, determina su inaplicabilidad porque cuando se descubrió el delito y Gallo inició su prisión preventiva ya no regía la referida ley en su redacción original”, argumentó.

“Por tanto, la aplicación ultra activa de la ley penal más benigna no corresponde en este caso porque cuando fue derogado el precepto del 2×1 la prisión preventiva de Gallo ni siquiera había comenzado”, concluyó.

Además, recordó que “en casos como el presente donde se juzgan crímenes contra la humanidad y donde existe el deber irrenunciable del Estado de evitar situaciones jurídicas que se traduzcan en supuestos de impunidad, debe ser analizado a la luz del art. 2 del Código Penal, art. 9 de la Convención Americana de Derechos Humanos y 15 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Pólíticos”.

“El efecto jurídico que causa la aplicación del precedente “Bignone-Muiña” de la CSJN desnaturaliza por completo el alcance dado a la respuesta punitiva por el hecho probado. Esto conlleva a un supuesto de responsabilidad internacional del Estado argentino porque se traduce en la desnaturalización de la pena y porque para las víctimas y para la sociedad toda opera como un supuesto de impunidad material que tendrá efectos irremediables”, concluyó.

La fiscal remarcó que Gallo es “un condenado, reincidente en términos de reiteración delictiva, que fue considerado responsable de los crímenes más aberrantes”, y que “vuelve a pedir hoy, a través de su defensa, su liberación anticipada”.

“Se trata de un caso más que proyecta hasta hoy las huellas del trágico pasado reciente, donde el Estado terrorista avasalló los derechos fundamentales suprimiendo, para ello, las normas básicas de convivencia democrática. Y que luego, ya en democracia, los perpetradores consiguieron perpetuar la impunidad por esos crímenes”, advirtió la fiscal en el dictamen.

Fuente: Télam

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