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Tenían alteraciones

La Anmat prohibió el uso de bebidas y cosméticos

Los productos estaban falsamente rotulados o no contaban con los controles de calidad requeridos. La información salió publicada en el Boletín Oficial.

POR REDACCIÓN

03 de abril de 2017

En el Boletín Oficial de hoy salieron publicadas dos disposiciones que prohíben la comercialización de productos alimenticios y cosméticos dado que no cumplen con las normas dispuestas para el sector, por lo que podrían implicar riesgos para los usuarios.

La Dirección de Bromatología del Ministerio de Salud Pública de la provincia de Chaco notificó los incidentes alimentarios N° 313, 314 y 315 en relación a los productos “Bebida Probiótica Natural, marca Qefir”, sabores limonada, arándanos y manzana, RNE N° 0600189, RNPA N° 06003217 que no cumplen la legislación alimentaria vigente por estar falsamente rotulados.

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Ante este panorama, tomó intervención la Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) y así se dictaminó la prohibición de la circulación comercial de este producto.

De acuerdo al documento, “los productos se hallan en infracción al artículo 3° de la Ley 18284, al artículo 3° del Anexo II del Decreto 2126/71 y a los artículos 6 bis, 13 y 155 del CAA por carecer de autorizaciones de establecimiento y de producto y estar falsamente rotulados al consignar números de registros que no le corresponden, resultando ser productos ilegales”.

Por otro parte, también se prohibió el uso y la comercialización en todo el territorio nacional de tres productos de la firma Rudyard de Salvador Osvaldo Cariati, con domicilio en la calle Cnel. Luis María Campos 3078, Sarandí, Provincia de Buenos Aires.

Todos son cosméticos. “A) PETRISSÉ Rudyard Brillo instantáneo Siliconas, cont. neto 40 cm3, Industria Argentina, cuyo envase carece en su rotulado de datos de inscripción del producto ante ANMAT (número de legajo del establecimiento elaborador y Res. 155/98), datos del responsable de la comercialización, listado de ingredientes y de la codificación de lote y vencimiento; B) PETRISSÉ Rudyard Siliconas Restructurador de puntas – Olive oil, cont. neto 30 cm3, Lote: 6235, Vto: 25/03/2019, Industria Argentina, cuyo envase carece en su rotulado de datos de inscripción del producto ante ANMAT (número de legajo del establecimiento elaborador y Res. 155/98), datos del responsable de la comercialización y del listado de ingredientes; y C) Rudy WAX Cera para peinados – profesional, Cont. Neto 20 g, Industria Argentina, Lote: 3278, Vto: 01/09/2019, cuyo envase carece en su rotulado de datos de inscripción del producto ante ANMAT (número de legajo del establecimiento elaborador y Res. 155/98), datos del responsable de la comercialización y del listado de ingredientes”.

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Asimismo, en el boletín se advierte que en relación a los registros de producción y los controles de calidad de los productos en cuestión, el inspeccionado manifestó no contar con la documentación de fabricación requerida, ya que la empresa no documentaba dichas actividades ni efectuaba ningún control de calidad.

Fuente: La Nación.

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