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Nación

Los debates de candidatos presidenciales ya son obligatorios por ley

Diputados aprobó la iniciativa durante la madrugada de este jueves. En esta nota, todos los detalles.

POR REDACCIÓN

24 de noviembre de 2016

La Cámara de Diputados convirtió en ley la iniciativa que establece la obligatoriedad de los debates presidenciales previos a las elecciones. Fue durante la madrugada de este jueves, en el marco de una sesión maratónica. Obtuvo 152 votos positivos, 38 negativos y una abstención.

Además, se le dio media sanción a la iniciativa que ordena el traspaso de mando presidencial, que surgió a la luz del revuelo que se produjo el año pasado respecto de la ceremonia de asunción de Mauricio Macri y el lugar de entrega de los atributos de mando por parte de la presidenta saliente, Cristina Kirchner.

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El proyecto establece que el mandato del presidente entrante comienza “a las 0 horas del día siguiente al de la finalización del mandato del presidente saliente, independientemente del juramento que prestará ante el Congreso Nacional”.

También indica que la transición comienza “el día de proclamación de la fórmula presidencial ganadora por la Asamblea Legislativa, y finaliza el día de la asunción presidencial del nuevo mandatario”.

La norma sobre traspaso presidencial destaca en sus fundamentos que tiene como finalidad “favorecer una transición pacífica, ordenada, eficiente y transparente”, en tanto que precisa que el período de transición abarca las “acciones que resulten necesarias para facilitar el cambio de la administración, particularmente, el suministro a las autoridades electas de toda la información sobre el estado de situación del gobierno”.

A su vez, la ley obligará al Gobierno entrante a enviar un informe al Congreso a los seis meses de haber asumido la gestión, el cual será publicado en Internet e exhibirá “la información recibida del gobierno anterior y el estado de situación de los organismos y entidades”.

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Se impedirá, además, que la administración saliente pueda en el transcurso de dicho período hacer designaciones de personal permanente, temporario u ocasional, ni tampoco efectuar recategorizaciones, traslados, ascensos, ni contrataciones, a menos que tengan la autorización del Parlamento.

Fuente: Infobae.

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