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Precandidatos

Massa y Stolbizer: “Vamos a la elección sin privilegios”

Massa y Stolbizer renunciaron a los fueros: "Queremos que todos los candidatos hagan lo mismo". Esta ley ampara a los diputados y senadores ante una investigación judicial para que no puedan ser detenidos ni allanados en sus domicilios u oficinas.

POR REDACCIÓN

07 de julio de 2017

Sergio Massa y Margarita Stolbizer confirmaron que: ellos y el resto de los candidatos del Frente 1País que lideran renunciaron a sus fueros parlamentarios, que les impiden ser detenidos en caso de estar acusados por haber cometido un delito, a menos que sean descubiertos in fraganti (artículos 68 y 69 de la Constitución Nacional).

El acto fue formalizado con una presentación firmada ante escribano público y girada a las autoridades actuales y futuras de ambas cámaras del Congreso. En este marco, ambos precandidatos aseguraron que “si algo necesita la política es ejemplaridad” e invitaron al resto de las fuerzas políticas a copiar la decisión”.

Massa expresó que irán a la elección a representar a los argentinos sin privilegios. “No es tiempo de palabras, es tiempo de hechos, de gestos; de mostrar la decisión de no usar privilegios”, señaló el líder de 1País.

En este sentido, agradeció a “todos nuestros candidatos y legisladores que no dudaron en firmar” e invitó a los candidatos “de todas las fuerzas políticas” a “repetir este ejemplo”.

En este marco, Stolbizer agregó: “Ninguna de las personas de este espacio van a utilizar por ninguna causa frente a una investigación o requerimiento de la Justicia, ningún tipo de fuero para ampararse o esconderse”.

La Ley de Fueros (25.320) ampara a los diputados y senadores ante una investigación judicial para que no puedan ser detenidos ni allanados en sus domicilios u oficinas. Se reglamentó en el 2000, cuando el escándalo por las coimas en el Senado sacudió al gobierno de Fernando de la Rúa.

Lo establecen los artículos 68, 69 y 70 de la Constitución. El primero indica que “ninguno de los miembros del Congreso puede ser acusado, interrogado judicialmente, ni molestado por las opiniones o discursos que emita desempeñando su mandato de legislador”.

El siguiente explica que “ningún senador o diputado, desde el día de su elección hasta el de su cese, puede ser arrestado; excepto el caso de ser sorprendido in fraganti en la ejecución de algún crimen que merezca pena de muerte, infamante, u otra aflictiva; de lo que se dará cuenta a la Cámara respectiva con la información sumaria del hecho”. Y el 70 concluye que podrán “ser suspendidos en sus funciones con la aprobación de cada Cámara, con dos tercios de votos”, que es a lo que deberá enfrentarse Julio de Vido, en caso de que el juez así lo resuelva.

FUENTE: INFOBAE

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