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Polémica

Mendoza no adherirá a la Guía para la Atención de Abortos No Punibles

En medio del debate por la despenalización del aborto, la ministra de Salud Elisabeth Crescitelli, confirmó la noticia tras hablarlo con el gobernador de Mendoza.

POR REDACCIÓN

26 de febrero de 2018

En medio de la lucha por la despenalización del aborto que están realizando principalmente sectores feministas, el gobernador de Mendoza, Alfredo Cornejo, tomó una decisión clave. Ocurre que dicha provincia no adherirá a la Guía Técnica para la Atención Integral de los Abortos no Punibles. Esto fue confirmado por la ministra de Salud Elisabeth Crescitelli.

En medio del debate por la despenalización del aborto, Crescitelli, confirmó la noticia tras hablarlo con el gobernador de Mendoza. Además de no adherir a la guía,  no redactará un protocolo propio para la práctica del aborto no punible.

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“Como todavía se discute el alcance del fallo (de la Corte nacional) y no todos están a favor, creo que enfocarse en la discusión de un protocolo no es el centro del problema porque nosotros, de hecho, damos discusión y resolvemos los problemas del hospital público dentro de lo que es legal, por lo tanto no creo que tengamos que seguir discutiendo de este tema. Vamos a dejar esto (el protocolo de aborto no punible) para ver qué sucede con la reforma del Código Penal y con la nueva ley sobre legalización del aborto que se pretende discutir”, explicó Crescitelli.

El 13 de marzo de 2012, la Corte Suprema de la Nación dio a conocer un fallo en el que precisó el alcance del aborto no punible, contemplado en el Código Penal.

Plantearon 3 premisas clave:

1º- A través de la interpretación del inciso 2 del artículo 86 del Código Penal se dejó en claro que no resulta punible la interrupción del embarazo proveniente de toda clase de violación y no sólo cuando la víctima sea demente o idiota.

2º- Se determinó que los profesionales de la Salud pública no deben requerir autorización judicial para practicar el aborto y que sólo bastará la declaración jurada de la víctima o de su representante legal en la que manifieste que el embarazo es consecuencia de una violación.

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3º- Por último, condicionó el proceder de la Justicia en tales casos indicando que los supremos deberán “abstenerse de judicializar el acceso a esta intervención”, decisión que queda reservada a lo que diga la paciente y su médico.

Fuente: Mdzol.
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