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Blanqueo de capitales

Rechazaron el amparo de Felipe Solá y familiares de funcionarios pueden entrar al blanqueo

La magistrada María Biotti rechazó un amparo presentado por el diputado nacional Felipe Solá, para que se declare la inconstitucionalidad del decreto. El legislador del Frente Renovador apeló la decisión

POR REDACCIÓN

17 de marzo de 2017

La jueza en lo contencioso administrativo federal María Biotti confirmó la vigencia del decreto del gobierno de Mauricio Macri que le permite a familiares de funcionarios ingresar al blanqueo de capitales, a pesar que lo prohibía expresamente una ley del Congreso Nacional.

La magistrada rechazó un amparo presentado por el diputado nacional del Frente Renovador Felipe Solá para que se declare la inconstitucionalidad del decreto porque viola la división de poderes. El legislador, a través de su abogado Martín Yañez, ya apeló el fallo para que sea revocado por la Cámara.

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La jueza Biotti no analizó en su resolución si el texto era inconstitucional o no, sino que entendió que Solá no tenía ninguna legitimación para hacer el reclamo.

“En la presente acción de amparo no se advierte la existencia de caso o causa judicial – en los términos de los arts. 116 y 117 de la Constitución Nacional- por cuanto el aquí amparista no se encuentra legitimado a fin de solicitar la declaración de inconstitucionalidad”, sostuvo la magistrada.

La jueza coincidió con el fiscal Fabián Canda que “la mera condición de ciudadano y de legislador” de Solá “no le otorgan legitimación suficiente para solicitar ante la Justicia la declaración de inconstitucionalidad de una norma que no le agravia de manera expresa y concreta”.

El Congreso aprobó en mayo del año pasado la ley de blanqueo de capitales en la que prohibió expresamente que se puedan acoger a esa medida los familiares de quienes hayan sido presidente y vice, gobernador y vice, jefe de gobierno y vice, intendentes o personal de organismos de inteligencia del 1 de enero de 2010 a la actualidad.

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Pero luego el gobierno dictó el decreto 1206/2016 que sí que permite a familiares beneficiarse con al blanqueo “exclusivamente respecto de los bienes que acrediten se encontraban incorporados en su patrimonio con anterioridad a la fecha” en que sus parientes ingresaron a la función pública.

La oposición criticó que el decreto estaba hecho a la medida del empresario Franco Macri, padre del Presidente, y que el acuerdo político para aprobar la ley era que los familiares queden excluidos para evitar cualquier suspicacia ante la posibilidad de que se utilice esa herramienta para legalizar bienes delictivos de ex o actuales funcionarios.

El diputado Solá presentó un amparo pidiendo la inconstitucionalidad de la norma porque viola una ley nacional –de jerarquía superior a un decreto– y la división de poderes que establece la carta magna.

Primero el legislador solicitó una medida cauetlar para suspender la vigencia del decreto –que vence el 31 de marzo­­– pero el juez Ernesto Marinelli la rechazó el mes pasado.

Ahora llegó la resolución del amparo y Solá la apeló.

El diputado criticó en su apelación que el fallo de la jueza Biotti “no da cuenta de los argumentos especiales desarrollados en demanda, que me ponen en una situación particular ante la gravedad institucional de la violación constitucional denunciada, y la ausencia de afectados directos por la medida ejecutiva cuestionada”.

También objetó que se haya cuestionado su calidad de ciudadano y de legislador para presentar el amparo.

“Se trata en el presente caso de pretender el restablecimiento de la legalidad constitucional contra el cual ha irrumpido el Poder Ejecutivo Nacional, al tiempo en que ha transgredido el mandato vinculante del Legislador, modificando su voluntad ya impresa en una ley vigente, torciendo la decisión legislativa por conducto de una desnaturalizadora reglamentación”, agregó en la presentación que realizó el abogado Yañez.

El caso pasará a la Cámara en lo contencioso administrativo federal que deberá resolver si confirma el rechazo del amparo o si lo acepta y declara su inconstitucionalidad.

Fuente: Infobae

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