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Cambio clave

El Senado tratará un proyecto que limita las salidas anticipadas a presos por delitos violentos

El Gobierno impulsó su rápido tratamiento luego del asesinato de Micaela García en manos de un violador que no había cumplido la totalidad de su condena

POR REDACCIÓN

26 de abril de 2017

El Senado debatirá este miércoles por la tarde para impulsar un cambio clave en el derecho penal, en lo que respecta al beneficio de la libertad anticipada para delincuentes. Los legisladores avanzarán con las modificaciones necesarias a la ley 24.660 que pondrían fin a las excarcelaciones de quienes son condenados por todo tipo de delitos violentos.

Tal como lo pidió la semana pasada la ministra de Seguridad, Patricia Bullrich, el proyecto que ya fue aprobado por Diputados obtendrá dictamen en la comisión de Justicia y Asuntos Penales, para luego ser tratado en el recinto a partir de las 14.

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El proyecto modifica la Ley 24.660 de ejecución de la pena privativa de la libertad y, entre los puntos más importantes, agrega más delitos al artículo en el que se establece en qué casos el detenido no puede acceder al beneficio de la libertad anticipada.

La Ley 24.660 indica en el artículo 56 bis que “no podrán otorgarse los beneficios comprendidos en el período de prueba a los condenados” por delitos como homicidio agravado; delitos contra la integridad sexual seguido de muerte; privación ilegal de la libertad coactiva “si se causare intencionalmente la muerte de la persona ofendida”; homicidio en ocasión de robo y secuestro extorsivo seguido de muerte intencional.

El proyecto modifica ese artículo y agrega una batería de otros delitos que hasta ahora no están contemplados, como el homicidio simple, los delitos contra la integridad sexual y el abuso de menores de edad. A ese listado de delitos se agregan también corrupción de menores; promoción o facilitación de la prostitución de una persona; explotación económica del ejercicio de la prostitución; producción o divulgación de “toda representación de un menor de 18 años dedicado a actividades sexuales” o “toda representación de sus partes genitales con fines predominantemente sexuales”.

En caso de que el proyecto sufra modificaciones, deberá volver a la Cámara de Diputados para ser aprobado con dichos cambios o insistir con su redacción original.

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Fuente: Infobae.

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