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Política

Por orden del juez, suspenden las actividades en Veladero

El juez Pablo Oritja hizo lugar a un amparo presentado por un grupo vecinos. Por esa decisión, las actividades en la mina Veladero se verán suspendidas por el lapso de cinco días.

POR REDACCIÓN

16 de septiembre de 2015

Desde el Juzgado Letrado de Jáchal, el juez Pablo Nicolás Oritja, dio lugar a un amparo presentado por vecinos y ordenó suspender las actividades en la mina Veladero de la empresa Barrick Gold. Además de esto, la medida ordena que se distribuya agua apta para el consumo humano a todas las localidades afectadas de Jáchal e Iglesia a costa de la empresa minera.

El fallo del juez Oritja está conformado por 5 puntos. En el mismo, Oritja ordenó la inspección ocular de la mina Veladero para mañana jueves 17a fin de constatar las condiciones de seguridad de los procedimientos de explotación que tengan relación con los hechos puestos en conocimiento“.

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A su vez, el letrado designa al ingeniero en minas Daniel Hugo Cabrera, de la Universidad Nacional de San Juan, para que elabore un informe técnico. También, a los fines de constatar de si hubo alguna afectación a la fauna silvestre, se designó al veterinario Mauro Pedernera, “con el objeto de que extraiga muestras cadavéricas de los órganos blandos de posibles animales muertos en la zona de la explotación minera, para la posterior realización de la necropsia correspondiente, y determinación de las causas de muerte de los animales encontrados“.

En el mismo artículo, inciso 3, se solicita la extracción de muestras de tierra de los lugares que se determinarán en la correspondiente inspección judicial, “a fin de su posterior remisión a la Universidad Nacional de San Juan para que luego de su análisis, informe si se encuentran rastros de elementos químicos contaminantes y en su caso enumere y cuantifique las proporciones de los mismos“.

El fallo del juez solicita un informe detallado a la Policía Minera y Gendarmería Nacional, de la totalidad de los procedimientos realizados en el valle de lixiviación de la mina Veladero. Así también solicita a la empresa MAGSA, un informe de los hechos y de la composición del líquido derramado.

El cuarto punto y quinto punto son los trascendentales en el amparo que dio lugar el juez Oritja: “Suspéndase el proceso de lixiviación que se realiza en la mina Veladero por el término de cinco días, plazo este en el que se deberá acreditar por parte de la empresa y constatar por el consultor técnico designado por este tribunal y demás organismos de control, el funcionamiento seguro del proceso de lixiviación reseñado“.

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Para el final, el juez dictamina que “frente a la petición de la provisión agua segura para el consumo, hasta tanto se garantice la provisión segura del líquido vital en las localidades afectadas, la firma MINERA ARGENTINA GOLD S.A., o el Municipio respectivo a costa de aquella, deberá proveer agua embotellada a las familias de los departamentos de Iglesia y Jáchal“.

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