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Gobierno aplicó aumentos salariales para el personal doméstico

Una nueva medida adoptado por el Gobierno Nacional modifica la escala salarial del sector de personal domésticos y obliga a que la retribución mínima para quien trabaje por hora subió casi $4, y pasó a $19,56. Las nuevas remuneraciones se clasifican en seis categorías, según la tarea, la cantidad de horas trabajadas y el hecho

POR REDACCIÓN

06 de noviembre de 2012

Una nueva medida adoptado por el Gobierno Nacional modifica la escala salarial del sector de personal domésticos y obliga a que la retribución mínima para quien trabaje por hora subió casi $4, y pasó a $19,56.

Las nuevas remuneraciones se clasifican en seis categorías, según la tarea, la cantidad de horas trabajadas y el hecho de que el trabajador permanezca o no en el domicilio donde cumple funciones.

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Se aclara que en todas las categorías, cuando los trabajadores tengan 16 o 17 años inclusive, percibirán una remuneración mensual mínima de 2.568,30 pesos.

Para la primera categoría, que son institutrices, preceptores/as, gobernantes/as, amas de llaves, mayordomos, damas de compañía y nurses), el sueldo mínimo será de $3.157,93.

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Para la segunda categoría, que son empleadas cama adentro sin retiro para todo trabajo, cocina, limpieza, lavado, planchado y cuidado de niños, caseros y en general empleados y auxiliares para todo trabajo, el sueldo mínimo será de $2.931,14.

Para la tercera categoría, que son empleadas cama adentro sin retiro para parte del trabajo que incluya cocina, limpieza; cocina y lavado; limpieza, lavado y planchado y cualquier otra alternativa dentro de las tareas del servicio doméstico, el sueldo mínimo será de $2.863,60.

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Para la cuarta categoría, que son empleadas con retiro, todo el día hasta las 20 horas para los trabajos comprendidos en las categorías segunda y tercera, el sueldo mínimo será de $2.863,60.

Para la quinta categoría, que comprende empleadas con retiro hasta las 15 horas para los trabajos comprendidos en las categorías segunda y tercera, el sueldo mínimo fue establecido en $2.568,30.

Para la sexta categoría, que son empleadas con retiro hasta las 12 horas para los trabajos comprendidos en las categorías segunda y tercera, la remuneración mínima será de $2.131,75.

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