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Provinciales

49.070 sanjuaninos que reciben la AUH cobrarán el bono de $10.000

Implica un desembolso de $490 millones.

02 de abril de 2020

49.070 sanjuaninos que cobran la Asignación Universal por Hijo y por Embarazo recibirán entre este viernes y el sábado el Ingreso Familiar de Emergencia, el bono de $10.000, que lanzó el Gobierno nacional por la pandemia del coronavirus que ya causó la muerte de 33 personas en el país y 1.133 casos -entre esos uno en San Juan-.

El dato fue aportado a DIARIO HUARPE por el vocero de la Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) en San Juan, Raúl Romero.  

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Del viernes 27 de marzo al martes 31 se registraron por la página de Anses más de 150.000 sanjuaninos que querían recibir el beneficio. El organismo decidió extender el plazo y habilitó tres días para los rezagados: del miércoles 1 al viernes 3.

La solicitud contiene datos simples: número de documento, cuil del potencial beneficiario, apellido y nombre.

Esa solicitud queda asentada en el organismo y hasta el 10 de abril se desarrolla un proceso interno de contrastación de los mismos, es decir, que esos datos se contrastan con los de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) para saber si esa persona cumple con las características para recibir la ayuda.

En el caso de que la persona sea aceptada, la comunicación llega vía mensaje de texto, al igual que aquellos que fueron rechazados por el sistema se les enviará una breve explicación con la causal que los dejó fuera del beneficio.

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El beneficio está apuntado a 4 grupos: monotributistas A y B, trabajadores de servicios domésticos, desocupados y los que cobran asignaciones por hijos y embarazo.

En primera instancia, como ya están cargados en el sistema con los datos corroborados, Anses estableció que aquellos que reciben el beneficio de las asignaciones fueran los primeros que cobrasen el bono de $10.000.

Esta ayuda económica no se contrapone con el pago doble que realizó el gobierno de Alberto Fernández a estos beneficiaros a fines del mes de marzo, aclaró Romero.

Anses estableció un calendario de pagos para el primer grupo. Está previsto que este viernes 3 de abril cobren los documentos con terminaciones de 0 a 3. El resto (4,5,6,7,8,9) cobrarán el sábado 4 de abril.

Para cumplir con el pago de este beneficio se realiza un desembolso de $490 millones de pesos, destacó Romero.

El bono se acreditará a la cuenta que cada uno tiene, sin necesidad de ir hasta el banco para cobrarlo por ventanilla.

El funcionario les pidió no ir a sus bancos para evitar el colapso de las sucursales bancarias que el este viernes, lunes y martes abrirán sus puertas de manera excepcional para todos aquellos que perciban jubilaciones, pensiones o beneficios de la seguridad social.

Romero confirmó que a partir del 15 de abril comenzarán a pagar a los otros 3 grupos que se inscribieron y pasaron el filtro del entrecruzamiento de datos.

Quienes quedan excluidos

El Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social de la nación aclaró a los que se preinscribieron quienes quedarán fuera del beneficio.

No se considerará configurada la situación de real necesidad cuando el solicitante o algún miembro de su grupo familiar se encuentren comprendidos en alguno de los siguientes supuestos:

  1. Haber percibido una suma de ingresos en los últimos 6 meses cuyo promedio mensual sea superior a $33.750, que es el monto equivalente a 2 veces el Salario Mínimo Vital y Móvil, establecido en el artículo 139 de la Ley 24.013.
  2. Haber realizado gastos y/o consumos efectuados con tarjetas de crédito y/o débito que superen los $23.625, es decir, más del 70% de los ingresos calculados de acuerdo a las pautas del inciso anterior.
  3. Haber obtenido o disponer rentas financieras que totalicen un monto superior a $66.917 para el periodo fiscal 2018.
  4. Haber efectuado una manifestación patrimonial en las declaraciones juradas del Impuesto sobre los Bienes Personales que supere 4 veces el importe anualizado del ingreso previsto en el inciso a.
  5. La tenencia de bienes informados por la Dirección Nacional de los Registros Nacionales de la Propiedad Automotor y de Créditos Prendarios que supere 1,5 veces el importe anualizado del referido ingreso
  6. La tenencia de bienes informados por la Administración Nacional de Aviación Civil, y/o la tenencia de embarcaciones.
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