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A un año de su sanción reglamentan la ley de Barrios Populares

POR REDACCIÓN

06 de diciembre de 2019
El Boletín Oficial publicó hoy la reglamentación de la ley de “Regularización Dominial para la Integración Socio Urbana”, a un año de su sanción, informó el Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Nación. "El camino recorrido desde 2016 a partir del relevamiento de barrios populares, la sanción de la ley y su reglamentación, y el lanzamiento del PISU (Programa de Integración Socio Urbana) y del fideicomiso sientan las bases para que la integración socio-urbana sea verdadera política de Estado en la Argentina”, aseguró en un comunicado Sebastian Welisiejko, secretario de Estado a cargo del área de implementación del PISU. Asimismo, aseguró que esta normativa busca “comenzar a saldar la deuda histórica que gobiernos de todos los signos políticos, tanto a nivel nacional, provincial y municipal tienen con los más de 4 millones de vecinos de los barrios populares del país”. Y agregó que: “No avanzar en este sentido, supondrá costos inmensos que nuestra sociedad no puede ni debe afrontar." La Ley 27.453 fue aprobada en octubre de 2018 por unanimidad en ambas cámaras y, entre otras cosas, establece la creación del PISU, como organismo dependiente del Ministerio de Salud y Desarrollo Social de la Nación y de un Fideicomiso para su financiamiento. La normativa declara “de utilidad pública y sujeto a expropiación” los inmuebles comprendidos en el registro nacional de barrios populares (RENABAP), así como también suspende los desalojos por cuatro años en esas urbanizaciones. Según este relevamiento, realizado entre 2016 y 2017, son 4.416 los barrios populares de Argentina alcanzados por la medida y cuyos habitantes pueden acceder al certificados de vivienda familiar correspondiente a la parcela que ocupan. A su vez, considera barrio popular a aquél que "reúne al menos a 8 familias agrupadas o contiguas, donde más de la mitad de la población no cuenta con título de propiedad del suelo ni acceso regular a dos, o más, de los servicios básicos (red de agua corriente, red de energía eléctrica con medidor domiciliario y/o red cloacal)".
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