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Refinanciación

AFIP extenderá la adhesión al régimen de facilidades de pago

La política que se publicó este lunes en el Boletín Oficial se extenderá hasta el 30 de noviembre. Indicó que se incluyen en el régimen las obligaciones regularizadas en planes cuya caducidad haya operado a partir del 1 de octubre.

POR REDACCIÓN

28 de octubre de 2019

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) extendió hasta el 30 de noviembre próximo la posibilidad para los contribuyentes de adherir a los planes de facilidades de pago que permiten regularizar obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social, vencidas hasta el 15 de agosto último, a través de la resolución general 4616/2019 publicada hoy en el Boletín Oficial.

La misma también modificó algunas condiciones establecidas en la resolución general 4557/2019 que en agosto último estableció el régimen de facilidades de pago. Entre ellas, precisó que están contempladas las obligaciones incluidas en planes de facilidades de pago generales, sectoriales, regionales o especiales, cuya caducidad haya operado durante julio, agosto o septiembre de 2019, o hayan sido rechazados a partir del día 1 de julio de este año.

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También indicó que se incluyen en el régimen las obligaciones regularizadas en planes de facilidades de pago cuya caducidad haya operado a partir del 1 de octubre último. Asimismo precisó que la tasa será fija y mensual para la primera cuota de diciembre de 2019, utilizando la equivalente a la de referencia TM20 en pesos de bancos privados publicada por el Banco Central.

Para los planes consolidados en septiembre, se reducirá a un tercio la tasa efectiva mensual; para los consolidados en octubre; y para los de noviembre, no habrá reducción. Además puntualizó que para las solicitudes de refinanciación que se realicen en octubre o noviembre, será condición que las cuotas vencidas al mes anterior a la refinanciación se encuentren canceladas.

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