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Sociedad > Ayuda económica

Anses paga más de $419.000 por hijo: quiénes pueden cobrar el beneficio

La reparación económica de la Ley Brisa alcanza los $419.775,93 mensuales en agosto y está destinada a hijos de un grupo específico de personas.

POR REDACCIÓN

Hace 1 hora
La reparación económica supera los $419.000 mensuales en agosto.

La Administración Nacional de la Seguridad Social (Anses) liquida en agosto una prestación que supera los $419.000 mensuales por beneficiario. Se trata de la reparación económica contemplada por la Ley 27.452, conocida como Ley Brisa, destinada a niños, adolescentes y jóvenes que perdieron a su madre como consecuencia de un femicidio u otro homicidio ocurrido en un contexto de violencia de género o intrafamiliar.

Durante agosto de 2026, el monto de la reparación asciende a $419.775,93 por mes. La cifra está vinculada al haber mínimo jubilatorio, por lo que se actualiza de acuerdo con la movilidad previsional.

A diferencia de otras prestaciones, no se trata de un pago por única vez ni de un beneficio destinado a todas las familias con hijos. La asistencia fue creada específicamente para acompañar económicamente a hijos de víctimas de este tipo de hechos.

¿Quiénes pueden cobrarlo?

La reparación está destinada a personas menores de 21 años que se encontraban dentro de ese límite de edad al momento del hecho o cuando entró en vigencia la normativa. En el caso de personas con discapacidad, el beneficio no establece un límite de edad.

Además del pago mensual, el régimen contempla el acceso a una cobertura integral de salud para sus beneficiarios.

Otro punto importante es que la reparación puede cobrarse junto con otras prestaciones sociales. Es compatible con la Asignación Universal por Hijo (AUH), las asignaciones familiares del SUAF, la Prestación Alimentar y el Complemento Leche.

Qué documentación se necesita

Para iniciar la solicitud se debe contar con el DNI del beneficiario y, cuando corresponda, el del representante legal. También se necesita la partida de nacimiento que permita acreditar el vínculo y la documentación judicial relacionada con el hecho.

Cuando el beneficiario es menor de edad, el trámite debe ser realizado por su representante legal, tutor o una persona formalmente autorizada para hacerlo.

Cómo realizar el trámite

La gestión puede iniciarse de manera digital mediante la plataforma Trámites a Distancia (TAD). Allí se deben completar los formularios correspondientes y adjuntar la documentación requerida para acreditar la identidad, el vínculo familiar y las actuaciones judiciales.

Una vez presentada la solicitud, las autoridades analizan el expediente y verifican que se cumplan las condiciones establecidas por la Ley 27.452 antes de aprobar el acceso a la reparación económica.

El monto se mantiene ligado a la jubilación mínima, por lo que puede modificarse mensualmente de acuerdo con las actualizaciones que se apliquen al haber previsional.

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