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Así funcionará el Poder Judicial durante los nueve días de restricción

Desde la Justicia sanjuanina hicieron saber como funcionarán las oficinas tras el anuncio de la medida sanitaria.

POR REDACCIÓN

21 de mayo de 2021

Tras el anuncio del confinamiento a partir de las 00 horas de este sábado, los organismos públicos siguen informando por medio de diversas vías de comunicación como funcionarán los próximos nueve días en los que regirá la medida de restricción de circulación anunciada por Fernández el pasado jueves.

En este marco, desde la Corte de Justicia comunicaron que adhieren a las medidas dispuestas por el Gobierno Nacional y establecerá protocolos de funcionamiento para frenar el avance del coronavirus en la provincia y en las oficinas de Justicia. Por esta razón, es que la Corte dispuso tres días de feria judicial y los empleados afectados trabajaran de 8 a 12.

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Las medidas

El primer punto de la reglamentación establecer el Régimen de Regulación Administrada de la Actividad Judicial por Razones de Emergencia Sanitaria a partir de las 0 del día 22 de mayo de 2021 y hasta las 24 horas del día 30 de mayo de 2021. Durante este periodo se suspenderán la totalidad de los plazos procesales en curso, en todos los fueros e instancias, a excepción del fuero Penal y en el marco de lo dispuesto en el presente Acuerdo.

Además quedó establecido que los organismos de turno y habilitados, funcionaran en el horario de 8 a 12, igualmente aclararon que podrán habilitarse días y horas conforme las normas de aplicación.

En el mismo texto se establece que los magistrados y funcionarios, afectados a las oficinas de gestión judicial, juzgados y tribunales en turno, deberán garantizar una guardia mínima presencial en los organismos. Sin perjuicio de ello, en la medida de lo posible, cumplirán sus funciones en forma electrónica remota.

Quedó establecido que el Registro Público de Comercio, el Registro General Inmobiliario, la Oficina de Notificaciones y la Secretaría Social, atenderán únicamente trámites vinculados a los asuntos autorizados por el presente Acuerdo, así como a actividades declaradas esenciales por la normativa provincial y nacional, acreditando la configuración de dichos presupuestos. Las presentaciones deberán recibirse por medios electrónicos, quedando restringida la atención presencial a casos de estricta necesidad, facultando a los responsables de estos organismos para mantener guardias mínimas, privilegiando la gestión remota por medios tecnológicos.

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Además se estableció que durante la vigencia de las restricciones se dará por prorrogadas las medidas cautelares o de protección judicialmente decretadas, incluyendo exclusión del hogar, prohibición de acercamiento y contacto, perímetros de exclusión, otorgamiento de dispositivos de alerta, o, cualquier otra que haga a la protección de personas por situaciones de violencia familiar, o de género, salvo que el juez de la causa tome una decisión en contrario en el caso en concreto, o que la propia víctima o parte solicite su cese o una medida distinta. 

También se dispone que en materia penal, la tramitación de los procesos solamente en aquellas causas con personas privadas de su libertad, o en las que existan situaciones de posible vulneración victimológica, o con un evidente riesgo de pérdida de un derecho o a sufrir un grave perjuicio de las partes; privilegiando en la medida de lo posible los medios tecnológicos para el desarrollo de los actos a llevarse a cabo.

Las autoridades judiciales autorizaron la realización de audiencias "en la medida que resulte estrictamente necesario conforme a los protocolos sanitarios vigentes y en la medida de lo posible, mediante medios tecnológicos previstos en la normativa de aplicación".

Antes de terminar los magistrados aclaran que "las medidas dispuestas tienen carácter preventivo y provisorio, y quedan sujetas a cualquier modificación en razón de la dinámica y circunstancias de la situación sanitaria por Covid-19".

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