POR REDACCIÓN
30 de diciembre de 2019
La Cámara Nacional en lo Civil confirmó la colocación de una tobillera electrónica a un hombre ante la "sospecha" de violación de la restricción perimetral dictada por denuncias de violencia de género y rechazó el argumento de que el acusado no habia sido condenado por esas denuncias, informaron hoy fuentes judiciales. Los camaristas rechazaron que se le retirara la tobillera electrónica que el hombre está obligado a portar al asegurar que se trata de "una medida cautelar" y que los episodios relatados por la mujer agredida "son de altísimo riesgo". En la demanda el hombre argumentó que la tobillera afectaba "su libertad y dignidad" y que el juez la había decido "basandose sólo en los dichos de la mujer" y que no haba sido condenado en ninguna de las 23 denuncias que le había hecho. La Sala K de la Cámara analizó que el trámite previsto por la ley de violencia familiar es esencialmente cautelar y que en situaciones actuales el juez se encuentra habilitado para ordenar las medidas que las normas autorizan. La colocación de la tobillera "es preventiva y se justifica por "la sospecha de maltrato" y de "violación de la restricción perimetral", destaca el fallo.
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