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El Cronista > ECONOMÍA Y POLÍTICA

El Gobierno otorga un subsidio de $ 500 millones a las empresas de micros de larga distancia

La ayuda será por única vez y estará destinada a las empresas cuyos servicios se encuentran paralizados desde que se inició la cuarentena, según detalla la Resolución publicada este jueves en el Boletín Oficial.

POR EL CRONISTA PARA DIARIO HUARPE

El Ministerio de Transporte estableció a través de la Resolución 122/2020, publicada este jueves en el Boletín Oficial, “una compensación de $ 500 millones con destino a las empresas de transporte por automotor de pasajeros por carretera de carácter interjurisdiccional de Jurisdicción Nacional, a abonarse por única vez”.

La decisión se tomó luego de analizar el impacto económico de la cuarentena y de atender los reclamos de las empresas del sector. En los considerando se hizo mención a las decisiones que fue adoptando la cartera de Salud durante los últimos dos meses a modo de prevención de contagios de Covid-19  pero que impactó de lleno en el rubro: desde marzo se vienen prorrogando las suspensiones totales de los servicios de transporte automotor y ferroviario de pasajeros interurbano e internacionales mientras dure el confinamiento, con la excepción de casos en los que deban prestar servicio para garantizar que personal de actividades esenciales pueda desplazarse.

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Días atrás, el presidente de la Cámara de Empresarios del Transporte de Larga Distancia (Celadi), Gustavo Gaona, había advertido que el funcionamiento de las compañías "sólo se podría garantizar hasta julio", si se extendía la inactividad como consecuencia de la pandemia decoronavirus .

"El sector tiene muchos costos fijos por su infraestructura y cuando deja de funcionar los perjuicios son tan rápidos y tan grandes que ponen en riesgo la subsistencia de las empresas", había señalado Gaona en declaraciones radiales.

Como consecuencia de esta situación, la Dirección Nacional de Transporte de Pasajeros entendió que era necesario brindar la asistencia económica que se oficializó hoy jueves “de forma transitoria hasta que puedan recuperar los ingresos que han caído súbitamente por la suspensión de los servicios dispuesta por el Estado”.

En el artículo 2 de la resolución se aclaró que “para la determinación de los montos a asignar y transferir se tomará en cuenta el ‘Parque Móvil’ inscripto en cada operadora en el Registro creado por el artículo 4° del Decreto N° 958/92, en conformidad con los datos obrantes en la Comisión Nacional Regulación del Transporte, siempre que las transportistas hubiesen dado cumplimiento a la presentación de los listados de pasajeros aprobados por la Resolución N° 76 de fecha 3 de noviembre de 2016 de Secretaría de Gestión de Transporte”.

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De los $ 500 millones, los valores a transferir a las empresas se asignarán de acuerdo al índice de participación de cada una sobre el total del parque móvil del sistema.

“La transferencia de las acreencias involucradas en la presente resolución, será efectuada a la cuenta bancaria abierta en el Banco Nación, bajo titularidad de la empresa prestataria, o, en su caso, a las cuentas bancarias de los cesionarios y/o fiduciarios, a las cuales se hubieren transferido las acreencias”.

En el caso de que la empresa prestataria no hubiere tenido una cuenta bancaria comunicada en los términos mencionados, deberá presentar ante la Dirección Nacional de Gestión de Fondos Fiduciarios, una nota suscripta por el presidente de la misma, informando la cuenta bancaria abierta en el Banco de la Nación, “la que deberá encontrarse registrada bajo titularidad de la empresa prestataria, adjuntándose asimismo, constancia de CBU de la cuenta informada emitida por dicho banco, y copia certificada ante escribano público del acta de Directorio en donde conste la designación del presidente”.

En tanto, se aclara que la vigencia de esta compensación “podrá alcanzar a futuras asignaciones en tanto se reasignen partidas presupuestarias ajustadas al objeto del aporte excepcional y quedará sujeta al plazo que determine el Estado Nacional”.

En tanto, la Secretaría de Gestión de Transporte instrumentará un Programa de Emergencia del Transporte Público Interurbano de Pasajeros (PEPT), que incluirá “la planificación, diseño e instrumentación del régimen al que se someterán las prestaciones de servicios que las empresas deberán proveer como contraprestación de las acreencias percibidas en virtud de la presente resolución”.

Micros Larga Distancia by silvanasaldisuri on Scribd

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