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Provinciales > Por la pandemia

El Gobierno provincial lanzó una moratoria para pagar los impuestos de manera online

Incluye desde impuesto inmobiliario hasta multas.

POR REDACCIÓN

21 de abril de 2020

Por la pandemia del coronavirus, la Dirección General de Rentas de San Juan (DGR) implementó una nueva moratoria que le permite a los contribuyentes cumplir con los impuestos de manera online.

Previeron un esquema de condonación total de intereses que supere el porcentaje que para cada caso se establece:

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-Ejercicio fiscal 2018 y obligaciones vencidas al 31/12/19, 10% del capital adeudado.

-Ejercicios fiscales 2016 y 2017: 25% del capital adeudado.

-Ejercicios fiscales 2014 y 2015: 50% del capital adeudado.

-Ejercicios fiscales 2013 y anteriores: 75% del capital adeudado.

-Pago contado: se establece un descuento del 15% sobre el monto de la deuda consolidada.

-Cantidad de cuotas: Hasta 120 cuotas en el caso de contribuyentes y 36 en el caso de agentes de retención y percepción, por sus obligaciones tributarias generadas en carácter de tales.

Deudas que se incluyen

  1. Impuesto inmobiliario impuesto a la radicación de automotores: hasta la décima (10) cuota del año 2019.
  2. Impuesto sobre los ingresos brutos y adicional lote hogar (contribuyentes del Régimen General y los que tributen por Convenio Multilateral): hasta la décimo primer (11) declaración jurada año 2019
  3. Impuesto sobre los ingresos brutos- régimen simplificado: hasta la décimo segunda (12) cuota del año 2019.
  4. Impuesto de sellos y adicionales lote hogar y acción Social: por declaración jurada: hasta la correspondiente al mes de noviembre de 2019. Los actos, contratos y operaciones instrumentados, realizados y/o fechados hasta el día 5 de diciembre de 2019. En las operaciones relativas a depósitos de dinero a plazo, hasta el día 20 de diciembre de 2019.
  5. Agentes de retención y percepción del impuesto sobre los ingresos brutos y adicional de lote hogar: hasta la décimo primer (11) declaración jurada del año 2019.
  6. Agentes de retención o recaudación impuesto de sellos y adicionales lote hogar y acción social: hasta la décimo primera (11) declaración jurada del año 2019.
  7. Multas por incumplimiento de las obligaciones formales y materiales cometidas hasta el día 13/12/19 que se encuentren firmes.

FUENTE: DIARIO HUARPE y Si San Juan.  

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