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Cultura y Espectáculos

El recargo para las plataformas de streaming será del 8 por ciento

Una resolución del Boletín Oficial de este sábado aclara cuál será el tributo que tendrá este tipo de servicios.

POR REDACCIÓN

28 de diciembre de 2019

En un primer momento, el recargo del 30% del llamado “dólar solidario” incluía a los servicios digitales, entre ellos plataformas de streaming de uso masivo. Sin embargo, una resolución del Boletín Oficial publicada este sábado rebaja el porcentaje de recargo al 8%.

El artículo 17 del boletín de esta mañana aclara: “Cuando las operaciones comprendidas en el artículo 35 de la Ley N° 27.541 constituyan servicios incluidos en el inciso m) del apartado 21 del inciso e) del artículo 3° de la Ley de Impuesto al Valor Agregado, texto ordenado en 1997 y sus modificaciones, la alícuota prevista en el primer párrafo del artículo 39 de la norma legal indicada en primer término, será del OCHO POR CIENTO (8%)”.

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El inciso mencionado es el que comprende los servicios digitales: “Se consideran servicios digitales, cualquiera sea el dispositivo utilizado para su descarga, visualización o utilización, aquellos llevados a cabo a través de la red Internet o de cualquier adaptación o aplicación de los protocolos, plataformas o de la tecnología utilizada por Internet u otra red a través de la que se presten servicios equivalentes que, por su naturaleza, estén básicamente automatizados y requieran una intervención humana mínima”.

FUENTE: Rating cero

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