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Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales: dan más tiempo para pagar las deudas

Fue mediante la resolución general 4758/2020 publicada este lunes en el Boletín Oficial.

POR EL CRONISTA PARA DIARIO HUARPE

El Gobierno extendió el plazo de los pagos por deudas del Impuesto a las Ganancias y Bienes Personales hasta el 31 de agosto inclusive, mediante la resolución general 4758/2020 publicada este lunes en el Boletín Oficial, donde se detalla que dicha regularización se podrá realizar hasta en tres cuotas, con un pago a cuenta del 25%.

La Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), con la firma de su titular Mercedes Marcó del Pont, "adoptó medidas tendientes a facilitar a los contribuyentes y responsables el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con el objeto de amortiguar el impacto negativo".

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Según detalla la resolución se establece “con carácter de excepción y hasta el 31 de agosto de 2020, inclusive, que las obligaciones de los impuestos a las Ganancias y sobre los Bienes Personales correspondientes al período fiscal 2019, de las personas humanas y sucesiones indivisas comprendidas en las Resoluciones Generales N.º 975 y N.º 2.151, sus respectivas modificatorias y complementarias, se podrán regularizar en los términos de la Resolución General N.º 4.057, su modificatoria y sus complementarias, en hasta 3 cuotas, con un pago a cuenta del 25% y a la tasa de financiamiento prevista en dicha norma, sin considerar la categoría del “Sistema de Perfil de Riesgo (SIPER)” -aprobado por la Resolución General N.º 3.985- en la que dichos sujetos se encuentren incluidos.

Este beneficio anunciado por la AFIP se suma a las  medidas que adoptó el Gobierno en los últimos meses en el marco de la pandemia  del coronavirus en el país, que agravó la situación económica de muchos sectores.

Por ello, la excepción que rigió hasta el 30 de junio, se extendió "nuevamente hasta el 31 de agosto de 2020 inclusive para la regularización de las personas humanas y sucesiones indivisas de sus obligaciones en los impuestos a las ganancias y sobre los bienes personales correspondientes al período fiscal 2019".

Fuente: El Cronista

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