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País > Freno al DNU

La Corte Suprema suspendió la derogación de la Ley de Tierras Rurales

La Corte suspendió el artículo del DNU 70/2023 que había derogado la ley y limitó la compra de tierras por extranjeros.

POR REDACCIÓN

Hace 1 hora
La Corte suspendió el artículo del DNU 70/2023

La Corte Suprema de Justicia de la Nación suspendió los efectos del artículo 154 del DNU 70/2023, que había dispuesto la derogación de la Ley de Tierras Rurales. La decisión implica que, de manera provisoria, vuelven a regir las restricciones establecidas por la Ley 26.737 para la adquisición de predios rurales por parte de extranjeros.

El máximo tribunal tomó la medida hasta que el juez competente se pronuncie sobre la legitimación de los actores que impulsaron la demanda y analice el pedido de medida cautelar. La resolución fue firmada por Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y los conjueces Diego Barroetaveña y Juan Ignacio Pérez Curci.

La discusión gira en torno a la constitucionalidad del artículo incorporado por el DNU del presidente Javier Milei, que eliminó las limitaciones previstas por la normativa sancionada para regular la propiedad de tierras rurales.

Qué decidió la Corte Suprema

El tribunal consideró que el planteo presentado involucra cuestiones relacionadas con la tutela del daño ambiental y entendió necesario adoptar una medida interina para evitar posibles daños irreparables mientras avanza el expediente.

Por esa razón, la suspensión no representa todavía una definición sobre la constitucionalidad del artículo 154. La Corte dejó en manos del juez competente el análisis de la legitimación de quienes presentaron la acción y de la medida cautelar solicitada.

Mientras tanto, las restricciones de la Ley de Tierras Rurales quedan nuevamente vigentes.

La norma establece límites para la adquisición de tierras rurales por parte de personas físicas o jurídicas extranjeras, por lo que la decisión modifica provisoriamente el escenario que había quedado planteado tras el DNU 70/2023.

Una decisión con conjueces

El pronunciamiento se produjo después de que los tres integrantes de la Corte que participaron inicialmente del debate no alcanzaran la unanimidad necesaria para resolver la cuestión.

Ante esa situación, fueron convocados como conjueces Diego Barroetaveña, integrante de la Cámara Federal de Casación Penal, y Juan Ignacio Pérez Curci, de la Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza.

Ambos participaron de la definición que permitió adoptar la medida provisoria sobre el artículo 154. Carlos Rosenkrantz, integrante de la Corte, no acompañó el criterio de sus colegas en esta instancia.

El debate por las tierras rurales

La Ley 26.737 había establecido un régimen específico para limitar la concentración de tierras rurales en manos de extranjeros. El artículo 154 del DNU 70/2023 había eliminado esa normativa y abierto una disputa judicial sobre la validez de esa decisión.

Ahora, la Corte Suprema decidió suspender temporalmente los efectos de esa derogación mientras continúa el proceso judicial.

La resolución no define todavía el fondo del conflicto, por lo que la discusión sobre la constitucionalidad del artículo 154 del DNU 70/2023 continuará en los tribunales.

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