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La valuación de autos para Bienes Personales es la vigente a diciembre 2018

La AFIP dijo a El Cronista que la valuación de los automotores para Bienes Personales es la vigente para la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor al 31 de diciembre, como pidió el Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño, en una nota a Cucciioli

POR EL CRONISTA PARA DIARIO HUARPE

La AFIP respondió afirmativamente un reclamo del Consejo Profesional de Ciencias Económicas porteño (Cpcecaba) sobre los montos a aplicar para valuar automóviles para el cálculo del Impuesto sobre los Bienes Personales. Ante una consulta de El Cronista, una fuente de AFIP explicó que la nueva Ley de Bienes Personales establece que se debe considerar la tabla de valores vigentes  al 31 de diciembre de 2018 para valuar los automóviles.

En consecuencia, dijo la fuente, la valuación que se debe considerar este año es la que se desprende de la Disposición 366/2018 de la Dirección Nacionaldel Registro de la Propidad Automotor, vigente desde el 5 de diciembre de 2018 hasta el 1 de enero de 2019.

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El Consejo había enviado una nota a Leandro Cuccioli, titular de la AFIP, pidiendo precisamente la aplicación de la Disposición 366/18.

"La Ley 27480 estableció que, a los efectos de valuar los automotores y motovehículos en el Impuesto sobre los Bienes Personales, se debe comparar el valor de adquisición amortizado con la tabla de valuación establecida por la Dirección Nacional del Registro de la Propiedad Automotor (DNRPA)", dice la nota firmada por Humberto Bertazza, presidente del Cpcecaba.

"Dado que el elemento temporal del hecho imponible ocurre cada 31 de diciembre, corresponde aplicar la tabla vigente a dicha fecha, es decir la de la Disposición 366/18 DNRPA (vigente desde el 05/12/2018 hasta el 01/01/2019, ambas fechas inclusive)", puntualizó la nota.

"No obstante, los valores publicados en la página de Internet de AFIP en el Micrositio del Impuesto sobre los Bienes Personles, y que son utilizados en la carga por tabla en la aplicación web, son los correspondientes a la Disposición 512/18 DNRPA", puntualizó el Consejo.

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La Disposición 512/18 estuvo vigente desde el 02/01/2018 hasta el 28/02/2019, ambas fechas inclusive.

"Como consecuencia de esta utilización errónea de tablas, se generan diferencias en las valuaciones. Estas podrían disminuir o incrementar el impuesto determinado, o bien definir la obligación de pago del impuesto o la permanencia como contribuyente", subrayó el Consejo.

Por  DOLORES OLVEIRA

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