PUBLICIDAD
PUBLICIDAD

País > Judicial

Multaron a un ginecólogo por usar lentes con cámara en consultas

La Justicia de Córdoba le impuso una multa de $900.000 y ordenó que realice un curso de capacitación en perspectiva de género.

POR REDACCIÓN

El médico utilizó anteojos con capacidad para grabar durante una consulta ginecológica sin informar esa característica a la paciente.

La Justicia de Córdoba impuso una multa de 900.000 pesos a un ginecólogo por utilizar anteojos con capacidad para filmar durante una consulta médica sin informar esa característica a la paciente. Además, el profesional deberá realizar un curso obligatorio de capacitación en perspectiva de género.

La resolución fue dictada por el Juzgado de Control y Faltas N°7 de la ciudad de Córdoba, a cargo del juez José Milton Peralta. El magistrado revocó una absolución previa de la Unidad Contravencional de Género y declaró al médico responsable de la infracción contravencional de maltrato agravado por razones de género.

El caso comenzó con la denuncia de una paciente que había concurrido a una clínica para recibir información sobre la preservación de su fertilidad. Durante la consulta, realizada el 26 de febrero de este año, el profesional identificado como F.B. utilizó anteojos Ray-Ban Meta, un dispositivo con capacidad para tomar fotografías y grabar videos.

Qué consideró probado el juez

En su resolución, Peralta señaló que no había pruebas suficientes para acreditar los contactos físicos indebidos denunciados por la mujer. Tampoco consideró que la ausencia de un auxiliar médico durante la consulta constituyera, por sí misma, una infracción.

Sin embargo, el magistrado dio por probado que el ginecólogo utilizó los anteojos con cámara sin advertirle a la paciente sobre esa capacidad. Aunque no se demostró que el dispositivo estuviera encendido ni que se hubieran obtenido imágenes, entendió que su uso no informado podía generar inseguridad y afectar la confianza y la intimidad de la mujer.

El juez también tuvo por acreditadas expresiones utilizadas por el médico durante la atención, como “nena”, “nenita” y “tenés los ovarios de una pendeja”. Para el tribunal, esas frases tuvieron un carácter infantilizante y descalificador, incompatible con el trato digno que debe regir en una consulta médica.

La perspectiva de género en el fallo

La resolución consideró que la relación entre un ginecólogo y una paciente presenta una asimetría particular, especialmente cuando la atención involucra la intimidad corporal y sexual. Por ese motivo, el magistrado aplicó la agravante por razones de género.

El juez también citó la Ley de Derechos del Paciente y el Código de Ética de la Asociación Médica Argentina, que establecen la obligación de preservar la intimidad, la dignidad y el respeto hacia quienes reciben atención sanitaria. Además de la multa económica, el profesional deberá concurrir a un curso de capacitación en perspectiva de género.

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD

Más Leídas

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD

Últimas noticias

PUBLICIDAD
PUBLICIDAD