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No pagaba la cuota alimentaria y la Justicia le prohibió jugar al fútbol

El Juzgado de Familia de El Bolsón tomó una inédita medida contra un hombre que incumplía de manera reiterada con la cuota alimentaria de su hija.

POR REDACCIÓN

Hace 2 horas
La medida fue adoptada por el Juzgado de Familia de El Bolsón. (Foto: generada con IA)
 

Un hombre que incumplía reiteradamente con el pago de la cuota alimentaria de su hija no podrá jugar al fútbol hasta que regularice su situación. La medida fue dispuesta por el Juzgado de Familia de El Bolsón, en Río Negro, luego de que las acciones judiciales aplicadas anteriormente no consiguieran que cumpliera de manera sostenida con su obligación.

La resolución ordenó la desafiliación del hombre del club donde practicaba fútbol y le prohibió participar de partidos, entrenamientos y cualquier otra actividad deportiva organizada por la institución.

La medida deberá mantenerse vigente hasta que exista una nueva resolución judicial.

Ya había sido incluido en el Registro de Deudores

Según consta en el expediente, la madre de la niña había denunciado que el incumplimiento persistía pese a las distintas medidas impulsadas para intentar garantizar el pago de la prestación alimentaria.

Antes de llegar a esta nueva resolución, el hombre ya había sido incorporado al Registro de Deudores Alimentarios, además de enfrentar un embargo de bienes y una denuncia penal por incumplimiento de los deberes de asistencia familiar.

Sin embargo, ninguna de esas herramientas logró revertir de manera definitiva la situación.

Ante ese escenario, la jueza decidió aplicar nuevas restricciones contempladas en el Código Civil y Comercial, que permite a los magistrados disponer medidas razonables para garantizar el cumplimiento efectivo de las obligaciones alimentarias.

El club y la asociación deportiva correspondiente deberán ser notificados para que la prohibición entre en vigencia de inmediato.

También le prohibieron renovar la licencia de conducir

La resolución judicial no quedó limitada al ámbito deportivo.

La magistrada ordenó a las municipalidades de El Bolsón, Lago Puelo y El Hoyo que inhabiliten y no renueven la licencia de conducir del hombre mientras continúe incumpliendo con el pago de la cuota alimentaria.

Además, la jueza libró oficios a Mercado Pago, Ualá y Tarjeta Naranja para determinar si el demandado posee cuentas activas.

En caso de que existan fondos disponibles, las entidades deberán inmovilizarlos y ejecutar un embargo preventivo.

La Justicia aclaró que no busca castigarlo

En los fundamentos de la resolución, la jueza aclaró que las medidas adoptadas no tienen carácter punitivo, sino que constituyen herramientas destinadas a garantizar que una sentencia firme sea efectivamente cumplida.

La magistrada recordó que el deber de brindar alimentos forma parte de los derechos fundamentales de niños, niñas y adolescentes y que su incumplimiento vulnera el principio del interés superior del niño.

Además, consideró que la reiteración del incumplimiento puede constituir una forma de violencia económica contra la madre, debido a que la obliga a afrontar en soledad las consecuencias económicas derivadas de la crianza de su hija.

Una medida ante el reiterado incumplimiento

Con ese criterio, la jueza consideró que las restricciones adoptadas resultaban razonables y proporcionales frente a la conducta del hombre.

La decisión se produjo después de que las herramientas judiciales aplicadas previamente (como el registro de deudores, el embargo y la denuncia penal) no consiguieran que regularizara de forma sostenida el pago.

Por ahora, el hombre deberá regularizar la cuota alimentaria para poder volver a participar de las actividades deportivas del club, mientras permanecen vigentes las demás medidas dispuestas por la Justicia.

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