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País

Qué se puede hacer y qué no durante la cuarentena obligatoria

Datos sobre las medidas que dispuso el gobierno nacional.

POR REDACCIÓN

19 de marzo de 2020

El presidente Alberto Fernández anunció durante la noche de este jueves una serie de medidas, en el marco de la emergencia sanitaria por la pandemia de coronavirus.

Tras reunirse con los gobernadores de todas las provincias, el mandatario dispuso a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) una cuarentena obligatoria a nivel nacional.

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Esto implica el aislamiento social preventivo y obligatorio para todos los ciudadanos argentinos desde las 00 horas del viernes hasta el 31 de marzo.

Las restricciones la circulación tiene excepciones. La mayoría de los ciudadanos deberá permanecer en sus hogares y solo podrá salir para comprar alimentos o remedios.

Durante este período las escuelas permanecerán cerradas -actualmente no hay dictado de clases- y también las fronteras con países limítrofes. Nadie podrá entrar ni salir del país por ningún medio, ya sea autos, colectivos, trenes o aviones.

En cuanto al sector comercial, van a seguir estando los negocios de cercanía abiertos: almacenes, supermercados, ferreterías y farmacias.

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Permanecerán cerrados los shoppings. También las plazas, parques, restaurantes, gimnasios, bares, cines y teatros. No funcionará el delivery ni se realizarán envíos por compras realizadas online.

El Gobierno nacional creó el Comando Unificado -Policía Federal, Gendarmería, Prefectura y Policía de Seguridad Aeroportuaria- que se encargará de que las personas no circulen por las calles. Ayudarán en esta tarea las policías provinciales. Quien no pueda explicar por qué está circulando por la calle será sometido a las penas del Código Penal.

Las personas que podrán circular son los que trabajan en gobiernos nacionales, provinciales y municipales en niveles de conducción política. Los que trabajan en sanidad, fuerzas de seguridad y armadas.

En cuanto a privados las excepciones abarcan los trabajadores de actividades como en producción de alimentos, de fármacos y otras actividades como el petróleo, refinerías, naftas y gasoil y medios de comunicación.

​Se adelanta el feriado del 2 de abril al 31 de marzo. El 30 de marzo será feriado puente.

Fuente: DIARIO HUARPE y Clarín.

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