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San Juan comienza el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio: en qué consiste

Con un decreto, el Gobierno estableció “reglas de conducta generales” que deberán cumplirse.

POR REDACCIÓN

08 de junio de 2020

Este lunes San Juan ingresa en la fase 5, el Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio que se extenderá hasta el 28 de junio. A través del Decreto de Necesidad y Urgencia (520/2020) explicaron detalladamente el alcance de esta normativa.

“Todas las personas que residan o transiten en los aglomerados urbanos y en los partidos y departamentos de las provincias, en tanto estos verifiquen en forma positiva los siguientes parámetros epidemiológicos y sanitarios”:

-El sistema de salud debe contar con capacidad suficiente y adecuada para dar respuesta a la demanda sanitaria.

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-Que no haya transmisión comunitaria del COVID-19 en dicho aglomerado urbano, partido o departamento.

-Que el tiempo de duplicación de casos confirmados de coronavirus no sea inferior a 15 días. No será necesario cumplimentar este requisito si, por la escasa o nula cantidad de casos, no puede realizarse el mencionado cálculo.

Sobre la circulación, quedará prohibida “por fuera del límite del departamento o partido donde residan, salvo que posean el Certificado Único Habilitante para Circulación (CUCH)”. Esto fue establecido para prevenir la propagación del virus.

Además, los gobernadores están facultados a “disponer el aislamiento preventivo” de 14 para personas que ingresen a la provincia. En el caso de San Juan, se estuvo cumpliendo hasta este fin de semana y por el momento no hay novedades que indiquen que la situación vaya a cambiar.

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En el DNU se establecen “reglas de conducta generales” que deberán cumplirse. Entre ellas están la utilización del tapabocas en espacios compartidos, la higiene de las manos, la desinfección de superficies, la ventilación de ambientes y el toser en el pliegue del codo.

Debe haber un “estricto cumplimiento a los protocolos de actividades y a las recomendaciones e instrucciones de las autoridades sanitarias provinciales y nacional”.

Con respecto a las actividades económicas, industriales, comerciales o de servicios, serán habilitadas en estas provincias siempre que cuenten con un protocolo de funcionamiento y se “restrinja el uso de las superficies cerradas hasta un máximo del 50% de su capacidad".

En estas zonas en las que comienza la fase 5 se podrán hacer actividades deportivas, artísticas y sociales, siempre que no haya más de 10 personas y se respeten las reglas mencionadas anteriormente.

“Para mantener el distanciamiento social en lugares cerrados se debe limitar la densidad de ocupación de espacios (salas de reunión, oficinas, comedor, cocina, vestuarios, etcétera) a una persona cada 2,25 metros cuadrados de espacio circulable; para ello se puede utilizar la modalidad de reserva del espacio o de turnos prefijados”, aclara el DNU.

Sobre las clases, seguirán suspendidas en todos los niveles hasta que el Ministerio de Educación de la Nación disponga el reinicio de forma “total o parcial, progresiva o alternada, y/o por zonas geográficas o o niveles o secciones o modalidades".

Prohibiciones que se mantienen

Eventos en espacios públicos o privados, sociales, culturales, recreativos, religiosos y de cualquier otra índole con concurrencia mayor a 10 personas.

Práctica de cualquier deporte donde participen más de 10 personas o que no permita mantener el distanciamiento mínimo de 2 metros entre los participantes.

Cines, teatros, clubes, centros culturales.

Servicio público de Transporte de pasajeros interurbano, interjurisdiccional e internacional, salvo para los casos expresamente autorizados.

Turismo.

Fuente: DIARIO HUARPE e Infobae.

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