Publicidad

El Cronista > Economía y política

Se publicó el DNU que oficializa las nuevas restricciones

Esta tarde se conoció el texto con las medidas adelantadas ayer por Alberto Fernández.

POR EL CRONISTA PARA DIARIO HUARPE

El Gobierno Nacional publicó esta tarde el Decreto de Necesidad y Urgencia con las nuevas medidas de restricción ante el avance de nuevos casos diarios de coronavirus en el país. 

Desde su aislamiento en la Quinta de Olivos Alberto Fernández dio a conocer ayer cómo serán, a grandes rasgos, las prohibiciones y limitaciones que se extenderán durante las próximas tres semanas.

Publicidad

Sin embargo, para que empiecen a regir debía estar publicado el DNU en el Boletín Oficial, algo que sucedió recién esta tarde. Las medidas restrictivas ante el comienzo de la segunda ola de casos de coronavirus comenzarán a las 00:00 de este viernes y se extenderán hasta el 30 de abril para todo el territorio nacional. 

Entre otros puntos, y tal como lo anticipó ayer el propio presidente Alberto Fernández, "se suspenden para todo el país los viajes grupales de Egresados y Egresadas, de Estudio y de Grupos Turísticos".

Lo mismo sucederá con "las actividades de Casino, Bingo, Discotecas o cualquier salón de fiestas".

El transporte público está reservado exclusivamente para que quienes cumplen tareas esenciales, se trasladen a establecimientos educativos o pidan el permiso especial que se tramita en

Publicidad

El resto de los trabajadores deberán trasladarse en medios particulares "a cargo del empleador".

Se suspende además la asistencia al trabajo para personas de riesgo.

Se establecen dos zonas para los partidos y departamentos de más de 40.000 habitantes: las de mediano riesgo epidemiológico y sanitario, y las de mayor riesgo epidemiológico y sanitario.

En estas últimas se suspenden actividades sociales en domicilios particulares, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados.

Además quedan suspendidas las reuniones sociales en espacios públicos al aire libre de más de 20 personas.También la práctica recreativa de cualquier deporte en lugares cerrados donde participen más de 10 personas.

Se establece el cierre de los bares y restaurantes a partir de las 23 que deberán tener un aforo máximo del 30%, misma capacidad máxima que podrán tener los espacios destinados para eventos culturales, sociales, recreativos y religiosos, cines, teatros, clubes, centros culturales y gimnasios.

Queda prohibida la circulación de personas entre las 00.00 y las 06.00 de la mañana.

Estas medidas, aclara Presidencia, podrán adoptarse también en los lugares de alto riesgo o riesgo medio en partidos y departamentos de menos de 40.000 habitantes.

El decreto con las nuevas restricciones

DECRE-2021-0235-APN-PTE by Cronista.com

Publicidad
Más Leídas
Publicidad

ÚLTIMAS NOTICIAS