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Un hombre hizo un festejo nazi con una torta con esvástica y un nene haciendo el saludo
Una celebración familiar realizada en Oberá, Misiones, terminó bajo investigación judicial luego de que se difundieran fotografías del cumpleaños de un hombre de 44 años.
POR REDACCIÓN
La celebración se realizó en la ciudad de Oberá, Misiones, con motivo del cumpleaños número 44 de un hombre identificado por el apodo de “Nito”, según podía observarse en el postre. La polémica comenzó cuando su esposa compartió en Facebook distintas fotografías del festejo.
En una de las imágenes aparecía una torta de crema cubierta con chocolate que tenía en el centro una cruz esvástica, símbolo asociado al régimen nazi. En otras fotografías se veía al hijo de cinco años de la mujer junto a la actual pareja de su madre, mientras ambos extendían el brazo en un gesto característico del nazismo.
Las publicaciones provocaron numerosas críticas en redes sociales y expresiones de rechazo. Frente a la repercusión, la mujer modificó las fotografías: colocó un sticker sobre la decoración de la torta y editó otra imagen para ocultar el rostro del menor.
La difusión del material generó preocupación entre vecinos de Oberá, tanto por la utilización de simbología vinculada con el nazismo como por la participación de un niño en el gesto.
Dos denuncias y una causa en Oberá
El episodio llegó a la Justicia a partir de dos denuncias relacionadas con las imágenes difundidas en redes sociales. Una de ellas fue presentada ante la Seccional Segunda por un hombre de 56 años, quien manifestó que tomó conocimiento de las fotografías a través de las redes sociales de su expareja, con quien tiene dos hijos en común.
Según consta en la denuncia, el hombre reconoció a su hijo de cinco años en una de las imágenes publicadas.
A partir de estas presentaciones, intervino el Juzgado de Instrucción Dos de Oberá, que ordenó una serie de medidas para establecer cómo ocurrieron los hechos y determinar el alcance que tuvieron las publicaciones.
Qué establece la legislación argentina
La Ley Nacional 23.592 de Actos Discriminatorios contempla sanciones para determinadas conductas relacionadas con propaganda sustentada en ideas o teorías de superioridad racial o de un grupo de personas por motivos como la religión, el origen étnico o el color.
La normativa establece penas de un mes a tres años de prisión para quienes participen en una organización o realicen propaganda basada en ese tipo de ideas, siempre que las conductas encuadren en los supuestos previstos por la ley.
En este caso, será la investigación judicial la que deberá determinar las circunstancias en las que fueron realizadas y difundidas las imágenes y si las conductas denunciadas constituyen alguno de los delitos contemplados por la legislación argentina.