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Política > Normativa

Qué está prohibido durante la veda

A partir de este viernes a las 8 comenzó a regir y se extenderá por 48 horas ya que la ley contempla un período previsto “para la reflexión del votante sin la influencia de la campaña electoral”.

POR REDACCIÓN

25 de octubre de 2019

Este viernes a partir de las 8 comenzó la veda electoral que se extenderá durante 48 horas ya que, previo a las elecciones, la ley contempla un periodo previsto “para la reflexión del votante sin la influencia de la campaña electoral”. Esto incluye la prohibición de avisos publicitarios o cualquier otro acto de difusión, publicidad, presentación de planes, encuestas, y cartelería destinada a la captación del sufragio.

Lo que está prohibido según la Cámara Nacional Electoral:

Durante el acto electoral y hasta tres horas después de su finalización:

Los espectáculos populares al aire libre.

Los espectáculos populares en recintos cerrados. (Sí estarán abiertos teatros y cines).

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Publicar o difundir encuestas y proyecciones sobre el resultado de la elección.

Cuarenta y ocho horas antes y hasta el cierre del acto electoral:

Realizar actos públicos de proselitismo.

La emisión y publicación de avisos publicitarios en medios televisivos, radiales y gráficos con el fin de promover la captación del voto del elector.

La publicación en medios de comunicación de resultados de encuestas, sondeos de opinión, pronósticos electorales, así como la referencia a sus datos.

Doce horas antes y tres horas después de finalizado el acto electoral:

La portación de armas, el uso de banderas, divisas u otros distintivos.

Tener abiertas las casas destinadas al expendio de cualquier clase de bebidas alcohólicas.

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Fuente: Perfil.

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