Sociedad
ANSES: a cuánto asciende el pago de la prestación por desempleo en octubre
Por Rocío Vieiro 04 de octubre de 2022
La Administración Nacional de la Seguridad Social otorga una prestación por desempleo a quienes se encuentran en dicha situación habiendo sido trabajador/a en relación de dependencia despedido/a sin justa causa, por finalización de contrato o por causas externas y además se encuentre comprendido/a en la Ley de Contrato de Trabajo 24.013.
Esta prestación de ANSES tiene diferentes alcances dependiendo la cantidad de tiempo que la persona trabajó antes de ser despedida. Puede ser de 2 a 12 meses, mayores de 45 años reciben 6 meses adicionales, y durante este tiempo se percibirá un pago mensual y se conservará la obra social.
Los valores de la prestación por desempleo también dependen según el ingreso y el tiempo trabajado por quien lo solicita: el mínimo de octubre será de $15.153 y el máximo que pagará ANSES será $25.254.
A cuánto asciende en noviembre la prestación por desempleo
En el mes de noviembre ANSES brindará un nuevo aumento en la prestación por desempleo y el mínimo quedará en $16..083 y el máximo en $26.805.
Cómo solicitar la prestación por desempleo
En la página oficial del gobierno se comunica que para obtener la prestación se deberá solicitar un turno en ANSES y presentar la documentación solicitada:
- Despido sin justa causa: telegrama de despido, carta documento o nota de despido con firma del empleador.
- Despido por quiebra o concurso preventivo del empleador: nota del síndico certificando la disolución del contrato laboral, sentencia de quiebra autenticada por juzgado, telegrama del empleador notificando el cese por quiebra o el ejemplar del Boletín Oficial donde se publicó la quiebra.
- Resolución del contrato de trabajo por denuncia del trabajador fundada en justa causa: telegrama de intimación y telegrama de desvinculación laboral enviados por el trabajador.
- No renovación de un contrato a plazo fijo: copia del contrato de trabajo vencido.
- Fallecimiento de un empleador unipersonal: copia certificada del acta o partida de defunción.
- La trabajadora o trabajador cobraba por una Aseguradora de Riesgos del Trabajador (ART) al momento de producirse la finalización del trabajo: alta médica definitiva o resolución por la que se determina un grado de incapacidad laboral permanente definitiva inferior al 66%. Si el porcentaje es mayor y se encuentra tramitando el Retiro por invalidez, deberá presentar un certificado médico de aptitud laboral acorde a su salud.
- La trabajadora o trabajador tenía una enfermedad no adjudicable al ámbito laboral al momento de producirse la finalización del trabajo: certificado médico de aptitud laboral.