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Argentina y Chile: Milei promulgó el tratado de extradición
Milei firmó el decreto que promulga la ley que aprobó el nuevo tratado de extradición entre Argentina y Chile.
POR REDACCIÓN
El presidente Javier Milei firmó el decreto 1032/2026 por el que promulgó la Ley 27.824, que aprueba el Tratado de Extradición entre la Argentina y Chile. El acuerdo había sido suscripto en Santiago el 5 de diciembre de 2023 y fue sancionado por el Congreso argentino el 27 de agosto de 2026. La norma fue publicada este viernes en el Boletín Oficial.
El convenio establece que ambos países deberán entregarse de manera recíproca a las personas que se encuentren en sus territorios y sean requeridas por las autoridades judiciales de la otra parte para ser juzgadas penalmente o para cumplir una pena de prisión, siempre que se trate de delitos que habiliten la extradición.
Para que proceda, el hecho por el que se reclama a una persona debe constituir un delito tanto en Argentina como en Chile y tener prevista una pena máxima de al menos un año de prisión. Cuando el pedido sea para cumplir una condena, deberán restar por cumplir al menos seis meses de pena.
El tratado también fija límites a la extradición. No deberá concederse cuando existan motivos fundados para considerar que el pedido tiene un carácter discriminatorio o persecutorio, o cuando exista riesgo de tortura o de penas crueles, inhumanas o degradantes. También contempla excepciones para delitos exclusivamente militares y casos en los que la persona pudiera ser sometida a tribunales especiales, militares o ad hoc.
Otro de los puntos establecidos es que no corresponderá la extradición ante condenas dictadas en ausencia, salvo que el Estado requirente garantice un nuevo juicio con derecho de defensa. Tampoco procederá cuando la persona ya haya sido juzgada de manera definitiva por los mismos hechos, cuando exista una amnistía o indulto aplicable o cuando haya prescripto la acción penal o la pena según las condiciones previstas por el convenio.
El tratado todavía no está en vigor. De acuerdo con la información oficial de Cancillería, Chile ya comunicó el cumplimiento de sus requisitos internos y el acuerdo establece que comenzará a regir 30 días después de la última notificación entre ambos países sobre el cumplimiento de sus respectivas exigencias legales.
Otro acuerdo de cooperación
En la misma edición del Boletín Oficial, Milei también promulgó la Ley 27.825 mediante el decreto 1033/2026. Esa norma aprueba un tratado firmado con otros países para facilitar la transmisión electrónica de solicitudes de cooperación jurídica internacional a través de la plataforma “Iber@”.