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Judiciales > Polémica

Blejman rechazó la recusación y Salica aclaró el alcance

La fiscal Claudia Salica afirmó que la Cámara sólo rechazó la recusación contra Diego Sanz y no analizó el conflicto de fondo.

Hace 2 horas
La polémica se desató por un caso en particular. (Foto: archivo).

La resolución emitida por el juez de Cámara Maximiliano Blejman en la controversia que involucra al juez de Garantías Diego Sanz y a la fiscal Claudia Salica continúa generando repercusiones dentro del ámbito judicial. Tras conocerse el fallo, la fiscal salió a precisar cuál entiende que fue el verdadero alcance de la decisión adoptada por el magistrado de segunda instancia.

Según explicó Salica, la resolución de Cámara se limitó exclusivamente a analizar la recusación que ella había promovido contra Sanz durante una audiencia vinculada a un acuerdo de reparación integral. En ese sentido, sostuvo que Blejman concluyó que los argumentos presentados no eran suficientes para apartar al juez de la causa y, por lo tanto, resolvió que continúe interviniendo en el expediente.

Sin embargo, la fiscal consideró que la decisión no puede interpretarse como una validación de la postura asumida por Sanz respecto del conflicto que originó el planteo. De acuerdo con su análisis, la Cámara no ingresó al tratamiento de la cuestión de fondo ni evaluó si el magistrado tenía razón en exigir determinadas condiciones para avanzar con el acuerdo propuesto por las partes.

El episodio se originó durante una audiencia en la que se analizaba una salida alternativa en una causa por un delito contra la propiedad sin violencia. Allí surgieron diferencias entre la fiscal y el juez respecto de la participación de las víctimas en el procedimiento. Salica entendió que existía una actitud que excedía las facultades jurisdiccionales previstas por el Código Procesal Penal y por ese motivo impulsó la recusación.

La fiscal explicó que las personas damnificadas ya habían manifestado que no deseaban concurrir a la audiencia ni recibir personalmente el dinero ofrecido como reparación. Incluso, señaló que la propuesta contemplaba que los fondos fueran destinados a instituciones de bien público, entre ellas Casa Cuna y Casa Sahni.

Desde la perspectiva planteada por Salica, la controversia también involucraba una discusión jurídica sobre el alcance de las atribuciones de jueces y fiscales dentro del sistema acusatorio. En ese contexto, sostuvo que el Código Procesal Penal establece límites concretos a la intervención judicial en cuestiones que forman parte de las facultades propias de la fiscalía.

Además, recordó que en los delitos contra la propiedad que no involucran violencia contra las personas no existe una exigencia legal de obtener el consentimiento de las víctimas para avanzar con acuerdos reparatorios. Indicó que la situación es diferente en casos de violencia de género, donde la normativa sí establece requisitos específicos relacionados con la voluntad de las personas afectadas.

Salica también aclaró que la audiencia en la que se produjo el conflicto concluyó con un cuarto intermedio y que nunca existió una resolución sobre el planteo de fondo. Posteriormente, decidió retirar la intención de avanzar con el acuerdo de reparación integral, por lo que la discusión que había originado la controversia quedó sin posibilidad de ser resuelta en ese ámbito.

De esta manera, la fiscal insistió en que el fallo de Blejman únicamente definió la continuidad de Sanz dentro del expediente y rechazó su planteo de recusación, pero no constituyó un pronunciamiento sobre la legalidad o conveniencia de las condiciones discutidas durante aquella audiencia. Según sostuvo, esa diferencia resulta determinante para comprender el verdadero alcance de la decisión adoptada por la Cámara.

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