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Condenan a un jubilado pocitano por pornografía infantil
Daniel Ramón Pino fue condenado a cuatro años de prisión domiciliaria por la distribución de material de abuso sexual infantil. El juez dispuso que permanezca bajo arresto domiciliario hasta que la sentencia quede firme.
El juez de Garantías dictó este jueves una condena de cuatro años de prisión de cumplimiento domiciliario contra Daniel Ramón Pino, un hombre oriundo del departamento Pocito, tras hallarlo culpable del delito de distribución de material de abuso sexual infantil (MASI).
La resolución fue dada a conocer cerca del mediodía, luego de que concluyera el debate oral en el que la fiscalía sostuvo la acusación por infracción al artículo 128 del Código Penal.
Según quedó acreditado durante el proceso, Pino distribuyó archivos con contenido sexual que involucraba a niños, niñas y adolescentes no determinados, conducta por la que fue considerado autor penalmente responsable conforme al artículo 45 del mismo cuerpo normativo.
De acuerdo con lo expuesto durante la audiencia, la investigación se originó a partir de un reporte principal y dos reportes accesorios vinculados entre sí. A partir de las medidas investigativas realizadas, la fiscalía logró probar que durante un período aproximado de tres años el acusado distribuyó un total de 11 archivos con material prohibido que contenía representaciones de menores de edad en situaciones de índole sexual.
La sentencia fue dictada luego de que el magistrado analizara la totalidad de la prueba producida durante el juicio y concluyera que existían elementos suficientes para acreditar la responsabilidad penal de Pino en los hechos investigados.
Arresto domiciliario mientras la condena no quede firme
Si bien la pena impuesta fue de cuatro años de prisión de cumplimiento domiciliario, el juez también resolvió mantener una medida de coerción hasta que la sentencia adquiera firmeza.
En ese sentido, dispuso que Daniel Ramón Pino permanezca bajo prisión preventiva domiciliaria. Para adoptar esa decisión, el magistrado valoró distintas circunstancias personales del condenado, entre ellas su estado de salud, ya que cuenta con antecedentes de dos intervenciones cardíacas y requiere medicación permanente.
Asimismo, tuvo en consideración su edad avanzada, dado que actualmente tiene 72 años. Sobre la base de esos elementos, el juez entendió que correspondía que la medida cautelar se cumpliera en su domicilio, bajo controles periódicos y rondas de supervisión por parte de la dependencia policial con jurisdicción en la zona donde reside.
La condena aún no se encuentra firme y podrá ser revisada por instancias superiores en caso de que la defensa interponga los recursos previstos por la legislación vigente. Mientras tanto, Pino continuará sometido al régimen de prisión preventiva domiciliaria dispuesto por el tribunal.