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Condenaron a 8 años al dueño de los dogos que mataron a una adolescente en Córdoba

La Justicia condenó a José Nieto, quien llegó al juicio acusado por la muerte de la adolescente en julio de 2023.

POR REDACCIÓN

Hace 1 hora
José Nieto, dueño de los perros dogos y Trinidad Ballesteros, la víctima del ataque mortal.

José Nieto fue condenado a ocho años de prisión por la muerte de Trinidad Ballesteros, la adolescente de 15 años que fue atacada por sus perros dogos en Córdoba. El hombre recibió la pena por homicidio simple con dolo eventual.

Nieto llegó al juicio acusado de homicidio simple con dolo eventual y finalmente recibió la pena mínima contemplada para ese delito, que tenía una escala de entre ocho y 25 años de prisión. La sentencia fue dictada este martes 15 de septiembre.

Los pedidos durante el juicio

Durante los alegatos, la fiscal Milagros Gorgas había solicitado nueve años de cárcel. La representante del Ministerio Público sostuvo que Nieto conocía el peligro que representaban sus perros y que sabía qué medidas de seguridad debía adoptar a partir de denuncias anteriores.

La querella había solicitado una condena de 12 años bajo la misma calificación legal. En tanto, la defensa reclamó la absolución por el beneficio de la duda y, de manera subsidiaria, que el caso fuera considerado como homicidio culposo.

El ataque que terminó en tragedia

Trinidad fue atacada el 9 de julio de 2023 mientras paseaba a su perro por barrio Estación Flores, en Córdoba. Luego del episodio fue trasladada al Hospital de Urgencias, donde murió horas después.

El caso tuvo además consecuencias en la normativa municipal de Córdoba. El Concejo Deliberante sancionó la ordenanza 13.321, denominada “Trinidad”, que creó el Registro Municipal de Perros Potencialmente Peligrosos y estableció nuevas obligaciones para sus propietarios.

La condena a José Nieto cerró así el proceso judicial por la muerte de la adolescente. El tribunal impuso ocho años de prisión efectiva, la pena mínima prevista para la figura por la que fue condenado.

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