Judiciales
De la condena a la absolución por llevar un arma: el giro judicial de un reconocido abogado
El Tribunal de Impugnación revocó la condena por portación ilegal de arma contra el letrado, al entender que protegió su estudio en 2025.
El Tribunal de Impugnación del Poder Judicial de San Juan revocó el fallo condenatorio contra el abogado penalista Oscar Leopoldo Adarvez y resolvió su absolución lisa y llana por el delito de portación ilegítima de arma de fuego.
El hecho se registró el sábado 19 de abril de 2025, en plena jornada de fin de semana largo por Semana Santa, cuando vecinos de la intersección de Avenida Ignacio de la Roza y Avenida Alem advirtieron que la puerta del garaje del estudio jurídico del letrado se encontraba abierta y violentada. Al ser alertado, Adarvez acudió al lugar y, ante la presunción de que los delincuentes aún permanecían dentro o su integridad física corría peligro, ingresó a la propiedad, tomó un revólver calibre .38 y se lo colocó en la cintura para inspeccionar el perímetro sin salir de los límites de su inmueble, momento en el cual fue abordado por personal policial.
En primera instancia, el fuero de Flagrancia le había impuesto una pena de dos años y cuatro meses de prisión condicional. Sin embargo, el juez Juan Carlos Caballero Vidal revirtió la condena al señalar profundas arbitrariedades y contradicciones lógicas en el fallo original. La resolución reprochó la falta de objetividad del Ministerio Fiscal por omitir la investigación del presunto intento de robo que motivó la intervención policial y enfocarse únicamente en el arma.
Finalmente, el tribunal encuadró el accionar del profesional en la causa de justificación de estado de necesidad (art. 34 inc. 3° del Código Penal). Se ponderó que, frente a la amenaza inminente a su propiedad y su vulnerabilidad como adulto mayor, el mal causado por portar el arma sin la debida habilitación administrativa resultó menor que el daño que intentaba evitar, eliminando de esta forma la antijuridicidad de la conducta.