Economía > Ley de Emergencia
El impuesto a Netflix, Spotify y otras aplicaciones será de 8%
POR REDACCIÓN
El Gobierno redujo del 30% al 8% el recargo sobre los pagos en dólares en el caso de aplicaciones populares como Netflix, Spotify, Airbnb, Tinder y otras, y también en la contratación de servidores de Internet y demás servicios vinculados con el mundo web.
Así lo dispone la reglamentación del decreto publicada en el Boletín Oficial, que brinda precisiones sobre los alcances de la ley de Emergencia Económica y Social.
En el marco de aclaraciones sobre el "impuesto para una Argentina inclusiva y solidaria", en el artículo 17 se establece que cuando se trate de "servicios digitales", el impuesto será del 8% y no del 30%.
El 30% sí aplicará para el resto de los casos enumerados en la ley, como la adquisición de moneda extranjera, las compras de pasajes o gastos en el exterior.
Por otro lado, el decreto confirma la suspensión del impuesto del 30% sobre "la adquisición de servicios de transporte terrestre, de pasajeros, con destino a países limítrofes". Así, los pasajes de avión a países vecinos seguirán incluidos dentro del régimen y tributarán el 30%.
El decreto 99/2019, publicado en el Boletín Oficial y firmado por el presidente Alberto Fernández; el jefe de Gabinete, Santiago Cafiero; y los ministros de Economía, Martín Guzmán; Desarrollo Productivo, Matías Kulfas; y Trabajo, Claudio Moroni, establece también una alícuota diferencial de Bienes Personales para activos en el exterior, de hasta 2,25%, y beneficios para quienes repatrien fondos.
FUENTE ÁMBITO