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Política > PODER JUDICIAL

El nuevo presidente de la Corte quiere extender la mediación previa obligatoria a otros fueros civiles

La intención es que comience su aplicación en lo que resta del 2022 y esto se debe a lo exitoso que fue la implementación en el fuero de familia.

05 de marzo de 2022

Más de la mitad de las causas que ingresaron en el último trimestre al fuero de familia, se resolvieron satisfactoriamente por la nueva herramienta de mediación previa obligatoria que se puso en vigencia a partir de noviembre del año pasado. Esta experiencia es la que motiva al nuevo presidente de la Corte de Justicia, Juan José Victoria, a extenderlo a otros fueros civiles durante el 2022.

Puntualmente, el flamante presidente de la Corte, expresó que “queremos acentuar en la mediación previa a la judicialización y extenderlo a otros fueros con la prudencia que requiere para que sea exitosa la aplicación”.

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La búsqueda, dijo Victoria, es que “podamos extenderlo a fueros laborales y civiles para que comiencen a aplicarse en este año y es uno de los ejes que propondré a la Corte para que inicie su aplicación la mediación previa obligatoria”.

El fundamento que dio el cortista es que “con esto se resuelven los casos con una sensación de mayor satisfacción para las partes, ya que el Juez no debe sentenciar y probablemente afectar a uno de los implicados. Además, que se resuelve en mucho menor tiempo”.

Incluso, esto conlleva un impacto económico porque “los costos bajan considerablemente para los implicados y también para el  Poder Judicial, ya que está menos tiempo en proceso y se eficientizan los recursos económicos y humanos de la Justicia”.

El ejemplo en el fuero de familia es que fue elegido por el 54,90% de los particulares. El total de causas llegó a 255, de esas hubo un 19,61% en donde los pretendientes no lograron arribar a un acuerdo y terminaron comenzando el camino litigioso.

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Por su parte, en un 25,49% de las causas no pasó por esta instancia debido a que la apertura de la mediación no se dio por inasistencia de las partes o motivos ajenos al sistema.

La Justicia definió que se puede solicitar en asuntos de divorcio como régimen de contrato, cuidados personales y de alimentos; reclamos patrimoniales y extrapatrimoniales derivados de acciones de estado; tutela y guarda; asuntos que requieran autorización judicial excepto las que tengan por objeto la salida del país de menores de edad; unión convivencial; reclamos patrimoniales derivados de la responsabilidad parental.

Algo que destacan es que a este proceso también se accede sin gastos. Esto claramente cuando las partes no pueden afrontar este pago por el servicio. Allí se les garantiza igual posibilidad de arribar a un acuerdo.

La Justicia busca con este procedimiento evitar una dilación procesal para ahorrar recursos dentro de Tribunales y al mismo tiempo que los problemas entre las partes se resuelvan cuanto antes.

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