POR REDACCIÓN
20 de noviembre de 2019
La Comisión Arbitral Convenio Multilateral de Ingresos Brutos estableció la entrada en vigencia a partir del 5 de diciembre próximo del Registro Único Tributario-Padrón Federal para los contribuyentes de ese impuesto que tributan por el régimen del Convenio Multilateral, con jurisdicción sede en siete provincias del país. Lo hizo a través de la resolución general 9/2019 publicada hoy en el Boletín Oficial, que precisó que se trata de las provincias de Buenos Aires, Córdoba, Chaco, Chubut, La Rioja, Mendoza y Santa Fe. Mediante el Registro Único Tributario, los contribuyentes de ingresos brutos que tributan por el régimen del Convenio Multilateral en las jurisdicciones adheridas a este sistema, deberán cumplir los requisitos formales de inscripción en el gravamen y de declaración de todas las modificaciones de sus datos, ceses de jurisdicciones, cese parcial y total de actividades o transferencia de fondo de comercio, fusión y escisión. La nueva resolución de la Comisión indicó que a fin de acceder al Registro Único Tributario-Padrón Federal, los contribuyentes utilizarán para su identificación e ingreso la Clave Única de Identificación Tributaria (CUIT) y Clave Fiscal otorgada por la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la cual será autenticada por dicho organismo en cada oportunidad que ingresen al mismo.
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