Política
Es ley la paridad de géneros en listas de candidatos en San Juan
POR REDACCIÓN
En las próximas elecciones provinciales, previstas para dentro de tres años, será obligatoria la paridad de géneros a la hora de conformar las listas de candidatos a diputado y concejal. Los partidos políticos tendrán que intercalar la misma cantidad de varones que de mujeres, según indica el artículo 2 de la reforma electoral que fue aprobada este miércoles en el parlamento sanjuanino. Así, los órganos legislativos se encaminan a tener más presencia femenina.
La ley de paridad de géneros surgió del Acuerdo San Juan, el multitudinario encuentro que convocó a mediados de este año el gobernador Sergio Uñac para diseñar iniciativas vitales para el crecimiento económico y el fortalecimiento institucional de San Juan. Allí, volvió a escucharse la necesidad de generar condiciones más equitativas para que las mujeres puedan desarrollarse en los partidos políticos y las contienda electorales.
La gestión de Sergio Uñac tomó el guante y con el consenso que salió de las mesas de trabajo, mandó un proyecto de ley a Diputados que se integró a otros dos que ya habían sido presentados. Finalmente, los legisladores provinciales los unificaron en un solo texto y este miércoles, en sesión especial, lo convirtieron en ley por unanimidad.
La nueva ley modifica el Código Electoral local y establece que “la nómina completa de postulantes a cargos colegiados legislativos se debe ubicar de manera intercalada a varones y mujeres respetando el principio de paridad de género”. La consigna es obligatoria desde el primer hasta el último casillero, tanto para la categoría de diputados proporcionales, como departamentales y concejales.
El sistema debutará en los comicios de 2023, ya que son los próximos de carácter provincial. Ese año se renueva la totalidad de los cargos de diputado y concejal, por lo que tendrá impacto en la conformación de todas las listas de postulantes a puestos de naturaleza legislativa.
Para entender cómo funcionará el sistema, vale con el ejemplo de la categoría de diputados proporcionales. En San Juan son 17 (los otros 19 son departamentales) y para poder competir, las agrupaciones políticas tendrán que llevar en su lista una mujer y un varón o viceversa y así sucesivamente, hasta completar los 34 casilleros entre candidatos titulares y suplentes. Lo mismo es para las nóminas de postulantes a concejal en cada uno de los 19 municipios.
El principio de 50 y 50 reemplaza al antiguo cupo femenino. El Código Electoral provincial decía que las listas debían contener, al menos, un 30% de mujeres, pero no consignaba en qué lugares y las mismas perdían posibilidades de estar en los primeros puestos.