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Provinciales > Prevención del coronavirus

Mientras hablaba el presidente, San Juan endureció los controles en las fronteras

Se extenderá la fuerte seguridad en los límites hasta el 3 de mayo. 

POR REDACCIÓN

10 de abril de 2020

Mientras el presidente Alberto Fernández daba una conferencia de prensa anunciando la extensión de la cuarentena hasta el 26 de abril, San Juan decidió reforzar los controles en las fronteras.

Según informaron, es con el objetivo de “garantizar el derecho constitucional de la salud a los habitantes de la provincia que no hayan salido, y por ello tengan menor riesgo de haber contraído el virus COVID-19”.

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De esa manera, el gobernador Sergio Uñac determinó extremar las medidas de seguridad y control sobre todas aquellas personas que ingresen al territorio provincial.

La iniciativa, rubricada a través de un decreto, contempla tanto a personas de otras provincias como a comprovincianos que regresen a San Juan y busca “evitar que por casos exportados se pueda radicar el mencionado virus en nuestra provincia”, teniendo en cuenta la “primacía del interés general por sobre el interés particular”.

El decreto establece que los nuevos controles rigen desde las 0 horas del día 9 de abril hasta el 3 de mayo inclusive. Esta medida se toma con base al crecimiento de casos en el país y apunta a garantizar que las personas ingresantes no portan el virus.

Además establece que en caso de tenerlo se deberán “tomar las medidas eficientes antes que esas personas tengan contacto con habitantes sanjuaninos en general y así evitar la radicación del COVID-19 en la provincia”.

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Por ello, El Ejecutivo ratificó su decisión de “que cada una de las personas que ingresen a la provincia, por el bien general de la población, hagan el esfuerzo económico de soportar el costo del hospedaje de los catorce días de la cuarentena”, teniendo en consideración que “no es lógico ni posible pensar que el Estado, en este momento de crisis se haga cargo de los gastos de hospedaje de las personas que hayan estado fuera de la provincia”.

El decreto considera asimismo que quienes se resistan a la orden que imparta un funcionario público en uso de sus facultades y afectado para concretar el hospedaje, serán “denunciados por el delito de Resistencia a la Autoridad previsto en el artículo 239 del Código Penal Argentino o por la contravención establecida en la Ley 941-R, artículo 162 inciso l) recientemente incorporado por medio de la ley de Necesidad y Urgencia Nº 2041-R”.

Las autoridades aclararon que quedan exceptuados de la medida los choferes del transporte de carga, quienes se deben someter a lo que establezca el Ministerio de Gobierno y la Secretaría de Estado de Seguridad y Orden Público en su condición de autoridad de aplicación.

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