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Fiscalía no avanzará por el choque del juez Mattar y el caso podría archivarse
Un magistrado acusado de lesiones leves tras embestir a un motociclista podría quedar libre del proceso si la víctima no querella.
POR REDACCIÓN
El Ministerio Público Fiscal optó por no continuar la persecución penal en la causa contra el juez de Faltas provincial, Enrique Mattar, imputado por lesiones culposas leves a un motociclista en un siniestro vial registrado en mayo. La determinación obedece a un criterio que el organismo aplica en episodios de similares características y, si bien falta formalizar el trámite y notificar al afectado, las actuaciones se dirigen hacia el archivo definitivo.
La postura del organismo investigador tomó estado público días antes de que venza el plazo de la investigación penal preparatoria, fijado para el 28 de septiembre. La representación del Ministerio Público Fiscal adoptó la postura institucional y solo restan los pasos formales por escrito para oficializarla.
El acontecimiento bajo investigación sucedió el miércoles 6 de mayo. Según las reconstrucciones sumadas al expediente, el magistrado transitaba por calle 9 de Julio, habría traspasado la intersección con la avenida Rawson mientras el semáforo marcaba luz roja y colisionó a un conductor de ciclomotor. Acto seguido, con base en esa misma hipótesis, prosiguió el recorrido sin frenar a prestar auxilio al lesionado.
A raíz del hecho, el titular del Juzgado de Faltas afrontó la imputación por lesiones culposas leves durante una audiencia dirigida por el juez de Garantías Matías Parrón. Aquella acusación inicial corrió por cuenta del fiscal de la UFI Delitos Especiales, Roberto Ginsberg, y el ayudante fiscal Emiliano Pugliese, quienes fijaron un término inicial de cuatro meses para colectar evidencias.
En el transcurso de las pesquisas surgió la alternativa de aplicar una reparación integral del daño. El defensor particular de Mattar, Mario Padilla, sostuvo que "existieron ofrecimientos económicos a la víctima para alcanzar un acuerdo", aunque las propuestas no obtuvieron respuesta favorable. A la par, el motociclista optó por no constituirse en parte querellante, circunstancia que le impidió la compulsa de las actuaciones y el pedido de diligencias dentro del expediente.
Ante dicho escenario, los representantes del Ministerio Público Fiscal resolvieron instrumentar un criterio de oportunidad, alternativa legal fijada en el Código Procesal Penal que autoriza a declinar la acción en hechos de reducida afectación al interés público.
El temperamento asumido por los fiscales no involucra un pronunciamiento judicial sobre la falta de responsabilidad de Mattar en la colisión, sino la interrupción del impulso de la acción penal por parte del Estado. Cuando reciba la notificación correspondiente, el motociclista dispondrá de un término de 60 días para reconvenir la acción penal y sostener la acusación de manera particular, tarea para la que requerirá aportar testimonios y elementos probatorios por su cuenta.
El funcionario judicial registra intervenciones anteriores en eventos de tránsito. Durante 2018 participó en una colisión en el cruce de Brasil y Entre Ríos, donde circulaban una mujer gestante y una niña de 2 años, mientras que tiempo después protagonizó otro incidente sobre la avenida Córdoba. Esos eventos previos constituyen antecedentes del magistrado, aunque no guardan relación directa con la resolución que conduce al archivo la causa abierta en mayo.