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Economía > Para no equivocarse

Guía paso a paso para la recategorización del Monotributo

El primer plazo del año para monotributistas vence el 5 de febrero de 2026. Esta guía práctica explica el paso a paso, la nueva tabla de categorías y cómo realizar el trámite online para actualizar tu situación fiscal. Evitá sanciones y ajustá tu cuota mensual.

POR REDACCIÓN

Hace 3 horas
Conocé todos los detalles del proceso semestral obligatorio. FOTO: Gentileza

El Monotributo es el régimen impositivo simplificado bajo el cual operan millones de pequeños contribuyentes, trabajadores autónomos y emprendedores en Argentina. Su carácter dinámico requiere que los inscriptos actualicen su situación fiscal cada seis meses en un proceso llamado recategorización, el cual determina el monto de la cuota mensual a pagar.

Para el año 2026, el primer período de recategorización está vigente hasta el martes 5 de febrero . Este artículo te explica todo lo que necesitás saber para cumplir con este trámite de manera correcta y evitar sanciones.

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¿Cuándo y quiénes deben recategorizarse?

La recategorización es una evaluación obligatoria que se realiza dos veces al año, en los meses de febrero y agosto . En cada ocasión, el monotributista debe analizar sus parámetros económicos de los últimos 12 meses para confirmar o modificar su categoría.

Están obligados a realizar el trámite todos los monotributistas, con dos excepciones claras:

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  1. Quienes, tras evaluar sus números, comprueben que se mantienen en exactamente la misma categoría que la actual.

  2. Quienes tengan menos de seis meses de actividad registrada en el régimen .

Si tu actividad comenzó hace entre 6 y 12 meses, el cálculo se realiza mediante una proyección anual. Por ejemplo, si facturaste $5.000.000 en 8 meses, tu proyección anual será: ($5.000.000 / 8) x 12 = $7.500.000 . Este valor proyectado es el que debés contrastar con la tabla de categorías.

Nueva tabla de categorías 2026: los números clave

Las escalas del Monotributo se actualizan semestralmente según la inflación. Para el período que comienza el 1 de febrero de 2026, los topes de ingresos brutos anuales para cada categoría son los siguientes :

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CategoríaIngresos Brutos Anuales Máximos
A$ 10.277.988,13
B$ 15.058.447,71
C$ 21.113.696,52
D$ 26.212.853,42
E$ 30.833.964,37
F$ 38.642.048,36
G$ 46.211.109,37
H$ 70.113.407,33
I$ 78.479.211,62
J$ 89.872.640,30
K$ 108.357.084,05

Parámetros Complementarios: Para definir tu categoría, no solo debés considerar los ingresos. También existen límites máximos para :

  • Superficie afectada a la actividad (desde 30 m² en categoría A hasta 200 m²).

  • Energía eléctrica consumida anualmente (desde 3.330 Kw en categoría A).

  • Alquileres devengados anualmente (consultá los montos específicos por categoría en el sitio de ARCA).

¿Cómo realizar la recategorización? Guía paso a paso

El trámite es online y gratuito. ARCA ha implementado un sistema de "Recategorización Simplificada" que facilita el proceso para muchos contribuyentes .

Paso 1: Prepará la información

Reuní los datos acumulados de los últimos 12 meses (o la proyección si tenés entre 6 y 12 meses de actividad): facturación total, metros cuadrados del local, consumo de energía eléctrica y montos pagados en alquiler .

Paso 2: Accedé al sistema

Ingresá al portal oficial de ARCA (ex AFIP) con tu Clave Fiscal. Dirigite a la sección "Monotributo" y buscá la opción para la recategorización semestral .

Paso 3: Usá la Recategorización Simplificada (si aplica)

Si tenés facturación electrónica y más de 12 meses en el régimen, el sistema te mostrará automáticamente un resumen de tu facturación anual y sugerirá una categoría . Podés:

  • Aceptar la propuesta del sistema.

  • Corregir los montos si considerás que no reflejan tu realidad, e ingresar los valores manualmente.

Paso 4: Completá y confirmá

Verificá que todos los datos (ingresos, superficie, energía, alquiler) sean correctos según tus registros. Confirmá la operación y descargá o imprimí el comprobante.

También podés hacerlo desde tu celular: El trámite está disponible en la aplicación "Arca Móvil", lo que lo hace aún más accesible .

Consecuencias de no recategorizarse: La "Recategorización de Oficio"

Si no realizás la recategorización dentro del plazo (5 de febrero), o si lo hacés de manera inexacta, ARCA puede iniciar un procedimiento de "Recategorización de Oficio".

Este proceso se activa automáticamente cuando el sistema detecta, por ejemplo, que tus compras, gastos o movimientos bancarios superan los máximos permitidos para tu categoría actual. En este caso :

  1. Recibirás una notificación en tu Domicilio Fiscal Electrónico.

  2. Podés apelar la nueva categoría asignada dentro de los 15 días hábiles, mediante el servicio "Presentaciones Digitales" en la web de ARCA.

  3. Si no apelás, la nueva categoría y su cuota se aplicarán retroactivamente, pudiendo generar diferencias a pagar.

Preguntas frecuentes 

  • ¿Qué pasa si supero la categoría K ($108 millones)?
    Si superás los límites de la categoría K en cualquiera de los parámetros (ingresos, superficie, etc.), dejás de ser monotributista. Tenés la obligación de inscribirte en el Régimen General como Responsable Inscripto (Autónomo) .

  • ¿Los jubilados deben pagar la cuota completa?
    No. Los contribuyentes jubilados (por leyes anteriores a julio de 1994 o la ley actual) quedan exceptuados de ingresar los aportes a la obra social. Solo deben abonar el componente impositivo y el aporte jubilatorio, si corresponde .

  • ¿Dónde puedo consultar la tabla oficial completa con todos los parámetros?
    La tabla oficial, que incluye los valores exactos de superficie, energía, alquiler y el detalle de la cuota mensual por categoría, está disponible en: www.arca.gob.ar/monotributo/categorias.asp

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