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Imágenes de compañeras desnudas con IA qué dice la ley en Argentina
Los casos de estudiantes denunciados por generar imágenes falsas de compañeras reabren el debate sobre la responsabilidad penal juvenil y los límites legales de la IA.
La creación de imágenes sexuales falsas mediante inteligencia artificial (IA), la difusión de ese material y su eventual comercialización pueden tener consecuencias penales cuando los hechos encuadran en delitos previstos por la legislación argentina. Con la entrada en vigencia de la Ley 27.801 de Régimen Penal Juvenil, los adolescentes de entre 14 y 17 años también pueden quedar sometidos a un proceso penal por esas conductas, siempre que exista una figura delictiva aplicable.
La norma comenzó a regir el 5 de septiembre de 2026 y modificó el límite de edad que hasta entonces impedía responsabilizar penalmente a los menores de 16 años bajo el régimen anterior. El cambio adquiere relevancia frente a las denuncias por imágenes íntimas falsas creadas con IA en establecimientos educativos, donde las víctimas y los presuntos responsables pueden ser menores de edad.
Sin embargo, la nueva ley no creó un delito específico para los llamados deepfakes sexuales. La posibilidad de investigar, imputar y eventualmente juzgar a un adolescente dependerá de las características del hecho, la edad que tenía al momento de cometerlo, las pruebas reunidas y la calificación jurídica que determine la Justicia.
Los casos recientes que encendieron las alarmas
Uno de los episodios que generó repercusión nacional se conoció el 7 de octubre en el Colegio Modelo Lomas, en Lomas de Zamora, provincia de Buenos Aires. Según las denuncias difundidas por Infobae, al menos cuatro estudiantes habrían utilizado herramientas de inteligencia artificial para generar imágenes pornográficas falsas de unas 40 compañeras a partir de fotografías reales.
De acuerdo con los testimonios publicados, el material habría circulado en plataformas digitales y sitios de contenido para adultos, con nombres y apellidos de las estudiantes. También se denunció que las imágenes se habrían compartido con alumnos de otros establecimientos y que algunas habrían sido comercializadas. Los hechos son materia de investigación y las responsabilidades individuales deben ser determinadas por las autoridades competentes.
Un segundo caso se conoció este domingo 11 de octubre en el colegio Thomas Alva Edison, de Ituzaingó. Según informó TN, cuatro estudiantes de entre 15 y 16 años fueron denunciados por presuntamente manipular fotografías de compañeras para crear imágenes en las que aparecían desnudas. La investigación también busca determinar si cobraban dinero por el material y si se generaron imágenes de una niña de nivel primario.
La causa quedó en manos de la Justicia de Morón y de la Fiscalía de Responsabilidad Penal Juvenil N.º 2. Según la información publicada, el expediente investiga la posible producción, distribución y divulgación de material de explotación o abuso sexual infantil. La calificación definitiva dependerá del avance de la investigación.
Los episodios se suman a otros antecedentes de violencia digital en escuelas. En 2025, un adolescente de Córdoba fue procesado por la creación de montajes sexuales con fotografías de compañeras mediante inteligencia artificial, en una causa en la que se investigó el daño provocado a las víctimas.
Estos casos muestran que el problema no se limita a la generación de imágenes. También comprende su circulación, la identificación de las personas representadas, las posibles amenazas, la comercialización y las consecuencias sobre la intimidad, la reputación y la integridad de las víctimas.
Qué cambia con la nueva Ley Penal Juvenil
La Ley 27.801 establece un régimen penal para personas adolescentes desde los 14 años hasta el día en que cumplen 18. Por lo tanto, un estudiante de 14 o 15 años que antes quedaba fuera del régimen de punibilidad por razón de su edad ahora puede ser investigado penalmente si se le atribuye un hecho tipificado como delito.
Esto no significa que todos los adolescentes denunciados deban recibir una condena ni que la edad determine por sí sola la responsabilidad. La Justicia debe investigar los hechos, establecer la participación de cada persona y garantizar el derecho de defensa y las demás garantías del proceso.
En situaciones vinculadas con imágenes sexuales generadas mediante IA, las autoridades deberán determinar, entre otros aspectos, qué contenido se produjo, si representa a personas menores de edad, quién lo creó, quién lo difundió y si hubo comercialización, amenazas u otras conductas relevantes.
La distinción es importante porque una imagen generada artificialmente no equivale necesariamente, en términos jurídicos, a una fotografía de un abuso sexual real. Su tratamiento penal depende de la normativa aplicable y de las circunstancias concretas. Cuando el material involucra representaciones sexuales de menores, la posible aplicación de las disposiciones penales sobre material de abuso sexual infantil requiere un análisis específico; no corresponde dar por configurado un delito únicamente por la utilización de IA.
La ley también contempla medidas alternativas a la privación de la libertad para determinados supuestos, con herramientas como la reparación del daño, las tareas comunitarias y las restricciones de acercamiento. El régimen fija un máximo de 15 años de privación de libertad y excluye las penas perpetuas para adolescentes. La respuesta judicial deberá ajustarse a la gravedad del hecho y a las condiciones previstas por la normativa.
Cómo se prepara San Juan para aplicar la ley
En San Juan, la implementación requiere adaptar el procedimiento provincial al nuevo régimen nacional. El 14 de septiembre, la Cámara de Diputados aprobó por unanimidad una ley complementaria transitoria impulsada por la Corte de Justicia, con el objetivo de facilitar la aplicación de la Ley 27.801 mientras se avanza hacia un Código Procesal Penal Juvenil definitivo.
La adecuación resulta necesaria porque la provincia todavía cuenta con la Ley 754-O, basada en un modelo procesal mixto, mientras que el nuevo sistema demanda procedimientos especializados de características acusatorias y adversariales.
Entre las herramientas incorporadas por la norma provincial figuran la conciliación, la reparación integral del perjuicio, la suspensión del juicio a prueba y el juicio abreviado. También se contempla la intervención de un supervisor para controlar determinadas reglas de conducta y acompañar el seguimiento de los adolescentes alcanzados por el régimen.
El proceso de adaptación también requiere coordinación entre las áreas del Estado. En septiembre, el asesor letrado de Gobierno, Alejandro Ferrari, explicó que se habían iniciado reuniones preliminares para organizar la aplicación de la ley. Señaló que el sistema debe contar con operadores especializados y medidas que permitan trabajar en la reinserción social, además de responder ante los hechos delictivos.
Uno de los aspectos pendientes señalados por Ferrari era definir la dependencia y el financiamiento de la figura del supervisor. La implementación también requiere adecuar los recursos humanos y los dispositivos de intervención para que las medidas previstas por la ley puedan ejecutarse.
En un caso de imágenes sexuales falsas creadas por estudiantes, una denuncia en San Juan podría dar lugar a una investigación para determinar si existió un delito y quiénes participaron. Si la persona señalada tenía entre 14 y 17 años al momento del hecho, podría quedar alcanzada por el nuevo régimen, siempre que la conducta investigada constituya un delito. La causa deberá tramitar con las garantías específicas de la justicia penal juvenil.
La intervención judicial no reemplaza las medidas que debe adoptar una escuela para proteger a las víctimas. La preservación de pruebas, la comunicación con las familias, la prevención de nuevas difusiones y la asistencia a las personas afectadas forman parte de una respuesta necesaria frente a la violencia digital.
La nueva normativa modifica el alcance de la responsabilidad penal adolescente, pero no resuelve por sí sola todos los desafíos que plantea la inteligencia artificial. En San Juan, su aplicación dependerá tanto de la adecuación procesal como de la capacidad de los organismos judiciales y estatales para investigar estas conductas, proteger a las víctimas y garantizar un proceso especializado para los adolescentes involucrados.