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Política > Decisión judicial

La Corte revocó el fallo contra la derogación de la Ley de Tierras

El máximo tribunal dejó sin efecto una sentencia que había declarado inconstitucional la derogación de la norma. La decisión se basó en la falta de legitimación de la asociación que inició la causa.

POR REDACCIÓN

Hace 1 hora
La Corte Suprema revocó el fallo que había cuestionado la derogación de la Ley de Tierras.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó la sentencia que había declarado inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/2023, mediante el cual el Gobierno nacional derogó la Ley 26.737, conocida como Ley de Tierras Rurales. Con la resolución, quedan vigentes los cambios introducidos a través del decreto. 

La decisión del máximo tribunal se basó en cuestiones procesales vinculadas con la legitimación del Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (Cecim), la organización que había iniciado la acción judicial, y en la inexistencia de un caso o controversia en los términos planteados. 

La causa comenzó cuando el Cecim cuestionó el artículo 154 del DNU 70/2023, que derogó la Ley de Tierras Rurales. En primera instancia, el Juzgado Federal de La Plata N°4 rechazó la demanda al considerar que la asociación no contaba con legitimación suficiente para promoverla.

Sin embargo, posteriormente la Sala III de la Cámara Federal de Apelaciones de La Plata revocó esa decisión, declaró la inconstitucionalidad del artículo y dispuso que la causa fuera reinscripta en el Registro de Procesos Colectivos de la Corte Suprema. Frente a ese fallo, el Estado Nacional presentó un recurso extraordinario. Por qué la Corte revocó el fallo

Al analizar el expediente, los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti se concentraron primero en determinar si el CECIM estaba habilitado para impulsar la causa.

Según indicó el tribunal, no se configuró un derecho de incidencia colectiva sobre un bien colectivo que permitiera avanzar con la acción judicial. En ese sentido, la Corte sostuvo que no existía un “caso o controversia” en los términos requeridos constitucionalmente. 

La asociación había planteado, entre otros argumentos, cuestiones vinculadas con la soberanía territorial. Sin embargo, la Corte entendió que ese concepto, en los términos invocados, no podía ser considerado un bien colectivo bajo el artículo 43 de la Constitución Nacional.

Qué establecía la Ley de Tierras

La Ley 26.737 regulaba la titularidad y posesión de tierras rurales destinadas, entre otros usos, a actividades agropecuarias, forestales y turísticas. Entre sus disposiciones se encontraban límites a la propiedad de tierras en manos de personas físicas y jurídicas extranjeras, además de la creación de un Registro Nacional de Tierras Rurales y un Consejo Interministerial. 

Con la decisión de la Corte, queda sin efecto la sentencia de la Cámara que había declarado inconstitucional la derogación y continúan vigentes los cambios establecidos mediante el DNU 70/2023. 

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