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La Justicia condenó a OSDE por despedir a una empleada de forma arbitraria
La Justicia ratificó la condena a OSDE por $37,7 millones tras el despido represalia de una empleada con 36 años de servicio.
POR REDACCIÓN
El Superior Tribunal de Justicia de la Provincia de Formosa dejó firme la sentencia de primera instancia que condena a la empresa de medicina prepaga OSDE al pago de una suma superior a los $37,7 millones en favor de una ex empleada de la firma.
El tribunal provincial determinó de manera concluyente que la desvinculación se configuró como una medida de represalia de carácter discriminatorio, ejecutada por la compañía como respuesta directa a los reiterados reclamos salariales que la trabajadora venía realizando en el ámbito interno.
La damnificada acumulaba una trayectoria ininterrumpida de 36 años de antigüedad prestando tareas en la empresa. El conflicto laboral se originó cuando la empleada formalizó peticiones orientadas a exigir el cumplimiento de obligaciones salariales específicas que no le estaban siendo liquidadas de forma adecuada, vinculadas de manera puntual con el correcto reconocimiento del concepto de antigüedad acumulada y el pago correspondiente al ítem de presentismo.
Lejos de habilitar una vía de diálogo o revisar las liquidaciones cuestionadas, la conducción de la prepaga respondió de manera drástica con la desvinculación directa de la trabajadora.
Esta acción motivó el inicio de las actuaciones judiciales en los tribunales formoseños para denunciar el carácter arbitrario y persecutorio de la medida adoptada por la firma.
En su fallo de origen, los integrantes de la Sala III del Tribunal de Trabajo de Formosa respaldaron íntegramente la demanda de la trabajadora. Además de ordenar la indemnización correspondiente por el distracto laboral, los magistrados censuraron con severidad la conducta procesal y administrativa de la entidad, que entregó a la damnificada un certificado de trabajo incompleto.
Frente a este cúmulo de irregularidades, la Justicia determinó un resarcimiento adicional para reparar el daño moral y material infligido, monto integral que quedó definitivamente ratificado tras el rechazo de las apelaciones en el máximo tribunal de la provincia.