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La Policía de San Juan irá contra las picadas clandestinas en el embarcadero de Ullum

Desde la Policía de San Juan aseguraron que la investigación incluirá tanto a corredores, como a quienes filman los videos de las picadas.

16 de mayo de 2023
La Policía investigará las picadas clandestinas en el embarcadero (Foto: archivo DIARIO HUARPE)..

Luego de la publicación de una nota de DIARIO HUARPE en la cual se exhiben distintos videos de picadas clandestinas en el embarcadero de Ullum y en el Camping El Pinar, desde la Policía de San Juan confirmaron que investigarán a todos los que participen de esta actividad ilegal.

En diálogo con este diario, el Subsecretario de Seguridad, Abel Hernández, expresó: “Es una práctica totalmente ilegal. Para realizar esta actividad es necesario cumplir con una serie de requisitos de seguridad y contar con autorización de Policía y Bomberos, lo cual en este caso no existe, por ello es que se trata de carreras clandestinas”.

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Al ser consultado sobre las sanciones que pueden caberles a quienes participan y organizan estas picadas, Hernández comentó: “Pueden ser sancionados por incumplir las normas de tránsito que impone el Código de Faltas de la provincia, en caso de ser una contravención. Pero por el peligro que representan estos actos, también pueden ser castigados como delitos por el Código Penal y en ese caso podría actuar flagrancia”.

A su vez, el funcionario confirmó que desde la fuerza investigarán esta actividad clandestina y a todos los que participen de ella: “En caso de corroborar la realización de estas carreras, la Policía va a comenzar a implementar más seguridad en la zona y se detendrá a cualquier conductor que maneje de forma temeraria. Inclusive investigaremos a quienes filman los videos, porque estamos ante una situación en la que la acción y la omisión también tienen que ver”.

En qué faltas incurren quienes corren picadas

A nivel provincial, el artículo 129 del Código de Faltas de San Juan, es muy claro en dos de sus incisos respecto a castigar esta actividad clandestina.

  • Inciso a: Poner en peligro la salud de los usuarios de la vía pública conduciendo inadecuadamente, con exceso de velocidad y/o en forma peligrosa.
  • Inciso l: Por participar u organizar en la vía pública competencias no autorizadas de destreza o velocidad o en las denominadas "picadas".

Por otra parte, el Código Penal de la República Argentina también se expide sobre este tema y es contundente a la hora de aclarar quienes pueden ser sancionados.

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  • Artículo 193 bis: Será reprimido con prisión de seis meses a tres años e inhabilitación especial para conducir por el doble del tiempo de la condena, el conductor que creare una situación de peligro para la vida o la integridad física de las personas, mediante la participación en una prueba de velocidad o de destreza con un vehículo automotor, realizada sin la debida autorización de la autoridad competente. A su vez, establece que la misma pena se aplicará a quien organizare o promocionare la conducta prevista en el presente artículo y a quien posibilitare su realización por un tercero mediante la entrega de un vehículo de su propiedad o confiado a su custodia, sabiendo que será utilizado para ese fin.
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