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Le revocaron la libertad a un sanjuanino y fue condenado por tentativa de femicidio
El Tribunal de Impugnación consideró que el ataque a puñaladas fue un intento de asesinato motivado por celos extremos.
POR REDACCIÓN
El Tribunal de Impugnación de San Juan resolvió anular la sentencia que beneficiaba a Carlos Emanuel Sosa Juárez con una pena de solo dos años de prisión condicional. Los magistrados concluyeron que el ataque a puñaladas que sufrió Laura Alejandra Herrera Mendieta no fue un simple episodio de agresión física, sino una tentativa de femicidio. Esta nueva resolución judicial se dio luego del recurso presentado por la UFI CAVIG tras un fallo de primera instancia que generó fuertes críticas en marzo de 2026.
Durante el primer proceso, la mayoría compuesta por las juezas Mabel Irene Moya y Celia Maldonado de Álvarez consideró que el acusado no tuvo intención de matar. Según los fundamentos de aquel voto, "si el acusado realmente hubiera querido asesinar a su pareja, contando con una notable superioridad física, teniendo el dominio de la situación y empuñando un cuchillo, lo habría logrado sin mayores impedimentos". Por tal motivo, lo condenaron por "lesiones leves agravadas por el vínculo" y ordenaron su libertad inmediata.
En contraste, el juez Gerardo Fernández Caussi sostuvo en soledad que "asestar al menos tres puñaladas en la zona maxilofacial y el cuello -áreas vitales repletas de vasos sanguíneos- constituye una conducta con un innegable dolo homicida".
Este argumento fue la base para que el tribunal superior, integrado por María Silvina Rosso de Balanza, Ana Lía Larrea y Renato Roca, revirtiera la situación. Las juezas de alzada remarcaron que Sosa Juárez atacó a la mujer de forma súbita mientras ella dormía sobre un colchón en el piso la madrugada del cuatro de octubre de 2024.
La investigación detalló que el agresor se sentó sobre el abdomen de la víctima para inmovilizarla y le propinó varios puntazos con un cuchillo tramontina. La violencia del impacto fue tan extrema que la hoja del arma llegó a doblarse al chocar contra el hueso maxilar. El tribunal superior aclaró que el hombre no mató a la mujer porque no quiso, sino "de casualidad", ya que la estructura ósea frenó el avance letal hacia zonas vitales.
Sobre el motivo del hecho, se descartó la versión de la defensa que hablaba de una relación "tóxica" y una pelea mutua. El detonante fue un reclamo por celos luego de que el acusado viera un video en la red social TikTok grabado en la pescadería donde trabajaba la joven. Para la justicia, el uso de fuerza letal fue un castigo ante una "supuesta insubordinación".
Ahora, Sosa Juárez enfrentará una audiencia de cesura ante un nuevo tribunal, conformada por la Oficina Judicial Penal, para determinar la cantidad de años que pasará en prisión efectiva dentro del Servicio Penitenciario Provincial.