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Judiciales > Fallo anulado

Los Mapuches le usurparon un terreno a Ginobilli y no lo podrá recuperar

La cámara anuló el fallo que ordenaba la restitución del terreno a Manu Ginóbili en Villa La Angostura.

POR REDACCIÓN

Hace 0 horas
Vista del predio en disputa ubicado en cerro Belvedere.

La Cámara de Apelaciones de Neuquén dejó sin efecto la resolución que ordenaba a la comunidad mapuche Lof Paichil Antriao devolver un predio a Emanuel Ginóbili. El fallo de primera instancia presentaba defectos formales severos, por lo que el expediente regresará al juzgado de origen para que un nuevo magistrado tome el caso. La decisión tomada el 7 de octubre de 2026 por la Sala A no determina cuál de las partes posee el mejor derecho sobre la propiedad en Villa La Angostura.

Los camaristas Pablo Furlotti, Manuel Castañón López y Nancy Vielma analizaron el expediente por mayoría y detectaron inconsistencias procesales. El punto más crítico resultó ser la omisión en la parte resolutiva sobre la validez del título de propiedad del deportista, aspecto que solo había sido mencionado en los considerandos. Esta situación impidió que la sentencia dictada originalmente fuera validada como un acto jurisdiccional conforme a derecho.

El proceso judicial agrupa dos acciones iniciadas por el exbasquetbolista, una declarativa de certeza comenzada en 2007 y otra reivindicatoria presentada en 2019. Furlotti remarcó en sus fundamentos que existió una contradicción al evaluar ambas demandas, ya que por un lado se declaró la imposibilidad de verificar el derecho de la comunidad y por otro se rechazó su ocupación ancestral por falta de pruebas. Ninguna resolución puede sostenerse en argumentos que se excluyen entre sí.

También se registraron irregularidades al ordenar la restitución frente a ocupantes no identificados sobre los cuales el demandante había desistido previamente. Asimismo quedaron sin resolver las presentaciones de Ernesto Antriao, Amandina Pérez de Chavol, Elma Quiroga y Hugo Muñoz Namuncurá, quienes intervinieron como referentes de la comunidad. La imposición de costas también presentó ambigüedades sobre a quién correspondía la condición de vencido.

El juez Castañón López votó en disidencia al considerar que el tribunal debía definir el fondo del asunto reconociendo el título del comprador y la restitución. Su postura indicaba que el terreno fue adquirido a José Salamida tras una serie de operaciones de derecho privado desde la concesión estatal de 1902 a José María Paisil e Ignacio Antriao. El exdeportista compró el lote el 15 de enero de 2004 para un proyecto turístico, pero sufrió la ocupación el 13 de junio de 2018.

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